Ajuste Julio 2014
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 23 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Lujan Charrutti y Tec RR.LL. Valeria Charlone; Delegados Empresariales: Dr. Oscar Gonzalez Alvarez y Sra Ethel Passarini.; y Delegados de los Trabajadores: Sres. Raúl Martínez, César Rodríguez. HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en acuerdo de Consejo de Salarios suscrito el día 16 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral CUARTO del referido convenio colectivo, a partir del 1º de JULIO de 2014, se aplicaran a los valores salariales vigentes al 30 de junio de 2014 los siguientes ajustes:
a) Por concepto de inflación esperada, el centro de la banda del BCU: 5%
b) Por concepto de correctivo de inflación esperada la diferencia en más o en menos entre la esperada para el periodo 1ero. de julio de 2013 y la efectivamente producida: 3,89%
c) Por concepto de crecimiento
- Salarios nominales menores a $24.000:Incremento del 2% del salario:(1,05x1,0389x1,02=1.1127= 11.27%)
- Salarios nominales entre $24.001 a $30.000:Incremento del 1% del salario: (1,05x1,0389x1,01= 1.1018= 10.18%)
- Salarios nominales de más de $30.001:Incremento del 0,5% del salario: 1,05x1,0389x1,005= 1.0963= 9.63%).
Porcentaje de Aumento general sala
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal", con vigencia desde el 1º de julio de 2014, serán los siguientes:
CATEGORÍAS | NOMINAL POR HORA | |||||||||||||||||||||||||||
| 11,27% | |||||||||||||||||||||||||||
| 10,18% | |||||||||||||||||||||||||||
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.