Ajuste Julio 2014

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ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 24: "Cooperativas de Consumo",integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento en aplicación de lo dispuesto en el acta de Consejos de Salarios suscrita el 14 de noviembre de 2013

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula referida convenio, el porcentaje de aumento salarial es del 9,08 % que regirá a partir del 1º de julio de 2014 :

Se otorgará un aumento resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: a) 3, 89 % correctivo de la inflación proyectada para el período 1/7/2013 - 30/6/2014 y

b) 5 % inflación proyectada para el período 1/7/2014-30/6/2015 (centro de la banda BCU).

TERCERO:Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2014 son los siguientes:

      Hasta 40 hs + de 40 hs.
      01/07/14 01/07/14
1 Gerente   64.756 70.868
2 Subgerente   58.109 63.275
3 Jefe de Departamento 53.137 56.496
4 Sub jefe de Departamento 47.443 50.443
5 Jefe de Sección 42.779 45.039
6 Sub jefe de Sección 38.768 40.212
7 Oficial 1° de Administración 34.615 35.905
8 Oficial 2° de Administración 30.907 32.059
9 Auxiliar 1° Vendedor 28.474 28.623
10 Auxiliar 2°   25.248 25.557
11 Peón o limpiador 22.543 22.818
12 Meritorio   20.128 20.373
13 Cadete   17.971 18.190


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