Ajuste Julio 2014
Se informa que el ajuste que corresponde aplicar a los salarios del Grupo de Consejos de Salarios Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 08, Capítulo 02 "Grasas y Margarinas" a partir del 1ero de julio de 2014 es de un 11% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Porcentaje por concepto de inflación esperada para el período comprendido entre 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de junio de 2015, correspondiente al centro del rango meta de inflación proyectada por el BCU para el período referido: 5%
B. Un porcentaje por concepto de correctivo, resultante de revisar los cálculos de inflación proyectada para el período comprendido entre el 1ero de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014, comparándose con la variación real del IPC del mismo periodo. La variación en más o en menos se ajustará en el valor de los salarios que rijan a partir del ajuste siguiente: 3.89% .
C. Crecimiento real. 1.75%