Ajuste Julio 2014 (Confiterías)

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el día 23 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 "Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Confiterías con planta de elaboración", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Lic. Marcela Barrios, Delegados Empresariales: en representación de la Confederación de Confiterías, Bombonerías y Afines el Sr. Juan Bachini y Delegados de los Trabajadores: por la Unión de Trabajadores de Confiterías los Sres. Carlos Díaz, Jorge Furquez y Hugo de los Santos,

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 5 de diciembre de 2013.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014, es del 6,96 %, resultante de la acumulación de los siguientes ítems:

a)por concepto de inflación esperada (centro del rango meta BCU), correspondiente al mes de Junio del 2014 para el período del 01/07/14 al 30/06/15:5%

b) por concepto de correctivo, la diferencia en más o en menos entre la inflación esperada para el período 01/10/13-30/06/14 y la real del mismo período:1.87  %.

Fórmula de ajuste de salarios: 1.05x1.0187= 1.0696

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Confiterías con planta de elaboración", con vigencia desde el 1º de julio de 2014, serán los siguientes:

Personal Obrero

$ Mensual

Categoría I Aprendiz

11285

Categoría II Aprendiz con un año de Antigüedad

11404

Categoría III Aprendiz con un año y medio de Antigüedad, Limpiador Peón

11594

Categoría IV Aprendiz con dos años de antigüedad

11878

Categoría V Aprendiz con dos años y medio de antigüedad, Ayudante de Mostrador, Ayudante de Depósito, Cafetero

12181

Categoría VI Aprendiz con tres años de antigüedad, Ayudante

12469

Categoría VII Ayudante Adelantado

13031

Categoría VIII Medio Oficial Sandwichero, Medio oficial cocinero.

13515

Categoría IX Medio Oficial Confitero, Preparador de bombones, Cocktailero

14244

Categoría X Oficial Heladero, Cocinero, Oficial Sandwichero

16031

Categoría XI Oficial Repostero, Oficial Hornero, Oficial Pastelero

19395

Categoría XII Maestro

22273

 

Personal Administrativo

$ Mensual

Categoría I Cadete de ventas,

11285

Categoría II Cadete de ventas al año Empaquetadora

11404

Categoría III Cadete de ventas al año y medio (vendedor/a de segunda), Auxiliar de Expedición Ayudante de Chofer

11594

Categoría IV Auxiliar de escritorio, Mozo

12213

Categoría V Auxiliar Responsable de Expedición, Sereno

12727

Categoría VI Cajero, Vendedor/a de 1ª, Auxiliar Responsable de Depósito

14546

Categoría VII Encargado de ventas, Chofer Repartidor

15605

Categoría VIII Encargado de Expedición, Tenedor de Libros

18741

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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