Ajuste Julio 2015
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines” SubGrupo Nº 5 “Derivados del petróleo y el carbón, asfalto, combustibles, lubricantes, productos bituminosos”, integrado por los delegados del Poder ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi y Viviana Dell`Acqua; delegados de los trabajadores, Sres. Pablo Sequeira y Martín Guerra, los delegados del sector empresarial, Ing. Marcelo Busquets y Dr. Fernando Pérez Tabó en representación de Distribuidora de Gas de Montevideo S. A – Grupo Petrobras y Dr. Alberto Baroffio en representación de CONECTA S.A
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acta de Consejo de Salarios de fecha 22 de abril de 2015, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de julio de 2015 para el sector individualizado.
SEGUNDO:AJUSTE CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1ero DE JULIO DE 2015:
INCREMENTO REAL DE BASE:Todo trabajador comprendido en este acuerdo percibirá sobre su salario vigente al 30 de Junio de 2015, un incremento real fijo, el que se diferenciará según las siguientes franjas;
Encargados y Controlador de Despacho:Se establece un incremento real del 3.2 % (Tres con 2/100 por ciento).
Demás categorías comprendidas: Se establece un incremento real del 3.8 % (Tres con 8/100 por ciento).
TERCERO:En aplicación de lo dispuesto precedentemente, los salarios mínimos por categoría, a partir del 1ero. de julio de 2015, serán los siguientes:
Administrativo $ 34.073
Técnico Administrativo $ 43.482
Técnico Administrativo relevante $ 60.646
Asesor Comercial $ 30.825
Capataz $ 52.166
Oficial Técnico $ 38.982
Encargado $ 64.271
Inspector $ 36.365
Jefe de equipo de redes $ 37.672
Jefe de equipo de redes relevante $ 48.385
Gasista $ 33.579
Controlador de despacho $ 77.039
Secretaria $ 53.448
Oficial de reclamos e instalaciones $ 31.123
Oficial guardia reclamos $ 35.198
Tomafacturador $ 37.135
Distribuidor $ 41.466
Supervisor $ 46.733
Subjefe $ 45.571
CUARTO.De conformidad a lo dispuesto en la cláusula novena del acta referida, las partidas variables tendrán un incremento real con vigencia a partir del 1° de julio de 2015 equivalente al 3,5% que se aplicará sobre el valor de las mismas al 30 de junio de 2015.
En lugar y fecha indicados se firman cuatro ejemplares.-