Ajuste Julio 2015

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 17 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Mag. Soc. Marcela Barrios; Delegados Empresariales: Dr. Oscar Gonzalez Alvarez y Sra Ethel Passarini.; y Delegados de los Trabajadores: Sres. Raúl Martínez, Adan Gonzalez, Carlos Achar y César Rodríguez, asistidos por la Dra. Jacqueline Vergés. HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al TERCER ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en acuerdo de Consejo de Salarios suscrito el día 16 de octubre de 2013.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral QUINTO del referido convenio colectivo, a partir del 1º de JULIO de 2015, se aplicaran a los valores salariales vigentes  al 30 de junio de 2015 los siguientes ajustes:

a) Por concepto de inflación esperada, el centro de la banda del BCU: 5%

b) Por concepto de correctivo de inflación esperada la diferencia en más o en menos entre la esperada para el periodo 1ero. de julio de 2014 Y 30 de junio de 2015 y la efectivamente producida: 3.36%

c) Por concepto de crecimiento

-Salarios nominales menores a $30.000: Incremento del 1% del salario: (1,05x 1,0336x 1,01= 1,0961= 9,61%)

- Salarios nominales de más de $30.001: Incrementan solo por IPC esperado y correctivo:(1,05x 1,0336= 1,0853= 8,53%)

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal", con vigencia desde el 1º de julio de 2015, serán los siguientes:

CATEGORÍAS

NOMINAL POR HORA

Peón

111,78

Peón Práctico (más 100 jornales)

118,85

Ayudante de repartidor

118,85

Limpiador/a

119,80

Operador de la enfundadora

130,17

Embolsador

142,43

Medio Oficial (ayudante de electricista, mecánico, herrero)

147,27

Operador de taponera

149,03

Ayudante de Molinero

149,03

Operador de envasadora automática

152,83

Elevadorista

152,83

Preparador

154,71

Auxiliar de laboratorio de 2º

154,71

Chofer

 157,26

Elevadorista armador

157,26

Foguista

157,26

Oficial de envasadora automática

             160,95

Auxiliar de laboratorio de 1º

166,31

Maquinista de envasadora

166,31

Maquinista de esterilizador

166,31

Oficial (Mecánico, Electricista, Herrero)

166,31

Molinero

192,23

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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