Ajuste Julio 2015
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 17 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Mag. Soc. Marcela Barrios; Delegados Empresariales: Dr. Oscar Gonzalez Alvarez y Sra Ethel Passarini.; y Delegados de los Trabajadores: Sres. Raúl Martínez, Adan Gonzalez, Carlos Achar y César Rodríguez, asistidos por la Dra. Jacqueline Vergés. HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al TERCER ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en acuerdo de Consejo de Salarios suscrito el día 16 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral QUINTO del referido convenio colectivo, a partir del 1º de JULIO de 2015, se aplicaran a los valores salariales vigentes al 30 de junio de 2015 los siguientes ajustes:
a) Por concepto de inflación esperada, el centro de la banda del BCU: 5%
b) Por concepto de correctivo de inflación esperada la diferencia en más o en menos entre la esperada para el periodo 1ero. de julio de 2014 Y 30 de junio de 2015 y la efectivamente producida: 3.36%
c) Por concepto de crecimiento
-Salarios nominales menores a $30.000: Incremento del 1% del salario: (1,05x 1,0336x 1,01= 1,0961= 9,61%)
- Salarios nominales de más de $30.001: Incrementan solo por IPC esperado y correctivo:(1,05x 1,0336= 1,0853= 8,53%)
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 (Molinos de trigo, harinas, féculas, sal y fábricas de raciones balanceadas), Capítulo 03 "Molinos de Sal", con vigencia desde el 1º de julio de 2015, serán los siguientes:
CATEGORÍAS | NOMINAL POR HORA | |||||||||||||||||||||||||||
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Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.