Ajuste Julio 2015

ACTA.En la ciudad de Montevideo 23 de julio de 2015 , reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 7: Librerías y Papelerías, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto, Dra. Jimena Ruy- López y Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al  ajuste salarial al 1 de julio de 2015.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el artículo quinto de dicho convenio:

Al 1 de julio de 2015 los ajustes serán los siguientes:

A) Aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2015 perciban un salario de hasta  $12.565 mensuales nominales (inclusive) , percibirán un incremento del 13,95 % que resulte de la  acumulación de los siguientes elementos: a) 5% I. P. C. proyectado 1º de julio 2015 al 30 de junio 2016 (centro de la banda del Banco Central del Uruguay), b) Crecimiento: 5% y c) 3,36% Correctivo, que surge de la comparación de la inflación real del período 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015 con la inflación proyectada del mismo período.

B) Aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2015 perciban un salario de más de $12.565  y hasta $15.644 (inclusive) nominales mensuales, percibirán un incremento del 12,06 % que resulta de la acumulación de los  siguientes elementos: a) 5 % I. P. C. proyectado 1º de julio 2015 al 30 de junio 2016 (centro de la banda del Banco Central del Uruguay); b) Crecimiento: 3,25 % ;  c) 3,36% Correctivo que surge de la comparación de la inflación real del período 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015 con la inflación proyectada del mismo período.

C) Aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2015 perciban un salario de más de $15.644 mensuales nominales percibirán un incremento del10,16 % que resulta de la acumulación de los siguientes elementos: a) 5 %  I. P. C. proyectado 1º de julio 2015 al 30 de junio 2016 (centro de la banda del Banco Central del Uruguay); b) Crecimiento:1,5 %;  c) 3,36 %Correctivo que surge de la comparación de la inflación real del período 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015 con la inflación proyectada del mismo período.

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2015 son los siguientes:

SALARIOS MINIMOS                 

AREA COMERCIAL

 

 

 

01/07/15

Peon

 

14.129

Cadete

 

14.129

Guardabultos

14.129

Vigilante de Salon

14.129

Apartador de pedidos hasta 1 año

14.129

Ayudante de Chofer

14.254

Empaquetador de Salón

14.254

Apartador de pedidos mas de 1 año

14.859

Auxiliar de Depósito

14.859

Operario Semicalificado hasta 4 años

17.208

Cajero de Salón

14.859

Auxiliar de Ventas

14.859

Peón Casado con + de 3 años

14.859

Agente de Producción

 

Vidrierista

 

17.208

Personal de Mantenimiento

17.208

Servidor de Sucursales

17.208

Chofer

 

17.208

Vendedor hasta 4 años

17.208

Vendedor de plaza hasta 4 años

17.208

Tasador

 

17.208

Cajero de Salón A

17.208

Operario Semicalificado

17.208

Vendedor con + de 4 años

19.621

Vendedor de plaza con + de 4 años

19.621

Tasador con + de 4 años en el cargo

19.621

Vendedor encargado B

19.621

Vendedor encargado A

22.524

Operario Calificado

 

19.621

Sub Jefe de Sección

22.524

Sub jefe de Sucursal

22.524

Vendedor viajante

22.524

Jefe de Sección

25.929

Jefe de Sucursal

25.929

 

 

 

AREA ADMINISTRATIVA

 

 

 

 

Cadete

 

14.129

Limpiador

 

14.129

Auxiliar común

14.859

Telefonista recepcionista

14.859

Sereno

 

15.759

Auxiliar calificado hasta  de 4 años

17.208

Operador

 

17.208

Cobrador

 

17.991

Auxiliar calificado con + de  de 4 años

19.621

Secretaria Administrativa

19.621

Sub jefe de Sección

22.524

Programador

 

24.245

Cajero General o Tesorero

24.245

Analista de Sistemas

25.929

Jefe de Sección

25.929

Secretaria Ejecutiva

25.929

Leida que fue se firman 5 ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

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