Ajuste Julio 2015

ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 22: Distribución de G.L.P., integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto, Dra. Jimena Ruy- López, Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales:  Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 11 de junio de 2013

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015 es del 5,5%, resultante de la acumulación de los siguientes factores:

* 5,5% por concepto de crecimiento

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2015 son los siguientes:    

 

01/07/15

CATEGORIAS

 

 

 

Ayudante

14.940

Sereno casero de planta

15.685

Pisteros diurnos y nocturnos

16.806

Chofer

18.676

Chofer Service

20.543

Encargado puesto abastec.

22.409

Zafral

14.940

Leída que fué, se firman 5 ejemplares en el lugar y fecha arriba indicados.

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