Ajuste Julio 2017

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 13 de julio de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: “Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones”, Subgrupo N° 02: “Entidades que otorgan crédito fuera del Sistema Bancario”, Capítulo 02 “Administradoras de Crédito” integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz, Dra. Viviana Dell'acqua, Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglioy Delegados de los Trabajadores: Sres. Jose Iglesias y Freddy Ramos.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta de acuerdo suscrita el día 20 de agosto de 2014.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2017 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2017, es de:

Mínimos por Categoría, se fija un valor de $ 20000 para el auxiliar, lo que equivale a un aumento del 15.61% y debido a la proporcionalidad establecida en el convenio es el aumento que rige para todos los mínimos por categoría.

Para los salarios por encima del mínimo por categoría y hasta $30.174, un 7.97%, se ajustan según la siguiente formula:

a) 5% Inflación estimada para los doce meses siguientes según lo proyectado por el BCU (centro de la banda)

b) 0.30% correctivo entre la inflación estimada y la efectivamente comprobada en el periodo anterior.

c) Crecimiento segun PBI, 2.52% crecimiento de cuatro ultimos trimestres compardos a los cuatro anteriores.

Franja de salarios actuales de hasta $ 30174 7.97%(1.05x1.0030x1.0252)

Franja mayor al valor anterior y hasta $ 40232 7.04% (1.05x1.0030x1.0164)

Franja mayor al valor anterior y hasta $ 75435  6.64% (1.05x1.0030x1.0126)

Franja mayor al valor anterior y hasta $ 134106  6.38% (1.05x1.0030x1.0101)

Salarios mayores a $ 134106 5.32% (1.05x1.0030)

TERCERO:Por consiguiente, en aplicación a los ajustes establecidos sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2017, tenemos que, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de julio de 2017 los siguientes:

MÍNIMOS DE CATEGORÍAValores definidos por convenio y proporcionalidad de las categorías, 15.61%.

Personal Administrativo

Encargado 29381

Supervisor 25709

Oficial 22036

Auxiliar 20000

Cadete  19703

Personal de Servicio

Guardia de Seguridad 19703

Auxiliar de Servicio 19703

CUARTO:Establecimiento de otros valores. Tope de Presentismo $ 43582, Canasta de fin de año $ 2.831

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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