Ajuste Julio 2018
ACTA DE AJUSTE. En la ciudad de Montevideo, el 2 de agosto de 2018, reunido el Subgrupo No. 3: VIÑEDOS del Consejo de Salarios del Grupo No. 23, compuesto por: a) delegación del Poder Ejecutivo, integrada por las Dras. Jimena Ruy-López y Carolina Panizza y la Mag. Maite Ciarniello; b) delegación de los trabajadores, integrada por el Sr. Richard Righetti; c) delegación empresarial, integrada por el Sr. Fernando Scalabrini, se procede a dejar constancia del ajuste salarial vigente al 01/07/2018:
PRIMERO: AJUSTES.- De acuerdo a lo establecido en la cláusula segunda literal B) numeral VI) del Acuerdo del Consejo suscrito el 23 de junio de 2016, corresponde aplicar los siguientes %.
Franja 1 (salarios menores de $19.036 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) | Franja 2 (salarios de más de $19.036 y hasta $21.670 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) | Franja 3 (salarios mayores a $21.670 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) |
4,8% | 4,28% | 3,25% |
SEGUNDO: SALARIOS MÍNIMOS.- Como consecuencia de los ajustes referidos, los salarios mínimos al 1/7/18 (sin ficto alimentación y vivienda son los siguientes:
Categorías | Por hora | Por día | Por mes |
| Por hora | Por día | Por mes |
Peón común | 75,75 | 606 | 15149,89 |
| 79,39 | 635,09 | 15877,20 |
Especializado I | 79,83 | 638,61 | 15965,23 |
| 83,66 | 669,29 | 16732,37 |
Especializado II | 90,55 | 724,38 | 18109,44 |
| 94,90 | 759,17 | 18979,28 |
Supervisor del Área | 106,5 | 851,98 | 21299,55 |
| 111,06 | 888,47 | 22211,64 |
TERCERO: FICTO ALIMENTACIÓN Y VIVIENDA.- Los valores del ficto por alimentación y vivienda al 01/07/2018 son de $3.856 por mes o $ 154 el jornal.
Para constancia se firman 7 ejemplares en lugar y fecha arriba indicados.