Ajuste Julio 2019

Acta de ajuste Julio 2019

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 19 de julio de 2019, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 09 “Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada”, Capítulo 02 “Malterías ", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Mariam Arakelian y Tec. RR.LL Valeria Charlone; los Delegados Empresariales: Dr. Marcelo Cousillas; los Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB):  Cr. Ernest Zelko,

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al  tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en la Decisión de Consejo de Salarios suscrito el día 24 de octubre de 2018.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA, numeral 3 de la referida  Decisión de Consejo de Salarios, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2019, es del 4,00 % (cuatro por ciento), por concepto de aumento nominal.

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 09 “ Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada”, Capítulo 02 “Malterías”, con vigencia desde el 1º de julio de 2019, serán los siguientes:

Categorías

Por Hora $

Proceso

 

Ayudante de operador

$211,93

Operador

$263,43

Operador Calificado I

$295,81

Operador Calificado II

$325,24

Operador Técnico

$413,53

Mantenimiento

 

Medio Oficial Mecánico

$279,62

Técnico Electro Mecánico

$350,26

Laboratorio

 

Laboratorista

$325,24

Técnico en Laboratorio

$350,26

Administrativos

 

Portero Balancero

$325,24

Técnico Administrativo I

$325,24

Técnico Administrativo II

$350,26

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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