Ajuste Julio 2019
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 11 de julio de 2019, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 05 “Molinos de Arroz”,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Mariam Arakelian y Tec RR LL Valeria Charlone Delegados Empresariales: Sra. Cecilia Albela y el Dr. Gustavo Gauthier, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Sebastian Silveira, Álvaro Macedo, asistidos por la Dra. Jaqueline Verges.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula Cuarta literal III y Quinta del acuerdo de Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 05 “Molinos de arroz”, de fecha 12 de diciembre del año 2018, corresponde aplicar a partir del 1ero de julio de 2019sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2019 el 3.72% por concepto de aumento nominal, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
1. Por concepto de ajuste salarial al 1 de julio 2019: 3%
2. Por concepto de correctivo de inflación: la diferencia en mas de lo acumulado durante el período comprendido entre el 1ro de julio del año 2018 y el 30 de junio de 2019 (7,36%) y los ajustes salariales otorgados en el mismo período (6,61%): 0.70%
Fórmula de ajuste de salarios: 1,03 x 1,0070= 1,0372
SEGUNDO: Por consiguiente una vez aplicados los ajustes referidos a partir del 1ero de julio de 2019, los salarios mínimos serán los siguientes:
Categoría | Valor Hora $ |
Peón Común | $119,33 |
Peón Práctico | $123,61 |
Peón Espec. | $127,81 |
Medio Oficial | $132,85 |
Oficial | $142,25 |
Encargado | $152,23 |
Enc. Gral. | $161,48 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en lugar y fecha arriba indicados.