Ajuste julio 2025

Conforme a lo dispuesto por el Decreto 02/025, de fecha 3 de enero de 2025, en su Artículo 2 literal d) (ajuste salarial al 1º de julio de 2025) y Artículo 3 literal a), (Correctivo por inflación al 1º de julio de 2025), todo trabajador percibirá a partir del 1º de julio de 2025, sobre sueldos y jornales vigentes al 30 de junio de 2025, un ajuste de 1,73 % resultante de la acumulación de 0,12 % (correctivo de inflación) y 1,61 % (inflación esperada del semestre comprendido entre el 1º de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2025).

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