Ajustes enero 2007

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 8 de febrero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerias", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. María del Luján Pozzolo, Valentina Egorov y Natalia Denegri y Cr. Claudio Schelotto; Delegados Empresariales: Cra. Estela Manggiarotti, Sr. Walter Piccozzi y Dr. Raúl Damonte; Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB) los Sres. Ernest Zelko, Milton Burgos y Richard Read,
HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO:
Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo  suscrito el día 31 de agosto de 2006, homologado por decreto del Poder Ejecutivo 427/06 de fecha 06 de noviembre de 2006.

SEGUNDO:
Que en virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007, es del 3,35 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas del B.C.U. entre Instituciones y analistas económicos y publicadas en la página web de la institución, correspondiente al mes de diciembre del 2006 para el periodo del 01/01/07 al 30/06/07:     2,93%;
B) Por concepto de recuperación: 1,125%;
C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/07/06-31/12/06 y la variación real del IPC del mismo período: 0,9917 ( -0,83 % ).
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0293 x 1,0125 x 0,9917 = 1,0335 (3,35%).

TERCERO:
Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerias", con vigencia desde el 1º de enero de 2007, serán los siguientes:


CATEGORÍAS

Por jornal $

Limpiador / Operario  Comun

269,60

Operario Practico

286,66

Operario Calificado

321,93

Apront. Pedidos / Ayud. Elaborac. / Ayud. Repartos

333,30

Maq. Maq. Semi automaticas

345,82

Engrasador automotores

357,19

Maq. Maq. Automaticas / albañil / Chofer Autoelevador

369,71

Repartidor

378,81

Op. Elab. Bodega B / Electricista / Op. Mantenimiento B

393,59

Foguista-y otras / Op. Elaboracion Licores / Mantenimiento A

406,11

Oper. De Bodega

416,34

Chofer Repartidor

427,72

Oficial Mecanico  Industrial

437,96

 

Por mes $

Telefonista-Recepcionista

6.722

Telefonista-Auxiliar administrativa

7.168

Auxiliar administrativo C / Facturador

7.741

Chofer Gerencia / Auxiliares de exped., taller, etc

8.325

Sereno / Secretario de ventas / Cargador-facturador

8.768

Vendedores  A y B

4.060

Auxiliar administrativo B

9.224

Enc. Secc. Personal / Ayud. Laboratorio

9.723

Auxiliar A / Enc. Almacen / Enc. Gestiones / Cajero auxiliar

10.245

Ayudante Tenedor de libros

10.923

Enc. De compras / Enc. de Cred. Y Cobranzas/ Secret. Bilingûe

11.391

Insp. De ventas / Cajero /  Secretario de Gerencia

11.972

Tenedor de libros B

12.529

Tenedor de libros A

12.867

Ayudante de contador

13.578

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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