Ajustes enero 2007

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 29 de enero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 04 "Calzado", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Pablo Gutierrez y Viviana Maqueira; Delegados Empresariales: Daniel Tournier y Nelson Biasiolli y  Delegados de los Trabajadores:  Aníbal del Río, Elio Suárez y Ricardo Moreira.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acta de Votación de fecha 3 de octubre de 2006, homologada por decreto del Poder Ejecutivo N° 418/ 006 de fecha 06/ 11/ 06.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007, es del 4,98 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
              A) Un porcentaje equivalente al Promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el BCU, a diciembre de 2005, entre instituciones y analistas económicos y publicadas en la página web de la institución, para el semestre enero-junio 2007: 2,93 %.
                          B) 2 % por concepto de recuperación.
Por lo tanto la fórmula de ajuste de salarios será la siguiente:

1.0293 x 1.020 = 1.0498

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 04 "Calzado",con vigencia desde el 1º de enero de 2007, serán los siguientes:

Categoría

Valor Hora

Aprendiz

 $ 15.74

A

$ 18.65

B

$ 19.07

C

$ 19.63

D

$ 20.16

E

$ 20.60

F

$ 21.74

G

$ 24.29

H

$ 28.42

I

$ 29.95

CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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