Ajustes enero 2008
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, para todas aquellas actividades comprendidas en el Grupo No. 14, y no referidas expresamente en ninguno de los subgrupos y/o capítulos creados (Residual), en aplicación de lo dispuesto en el Acta suscripta el día 26 de diciembre de 2007.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007 sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007, para todos los trabajadores de las mencionadas actividades, es del 5,27 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos, correspondientes al período 1° de enero de 2007 al 30 de junio de 2007: 1,0324 (3,24%)
B. Por concepto de correctivo semestral: 0,9997 (-0,03%)
C. Por concepto de recuperación: 1,02 (2%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0324 x 0,9997 x 1,02 = 1,0527 (5,27%)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007 será del 5,27%.
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.