Ajustes enero 2008
Grupo 16.7
ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el 8 de febrero de 2008, en esta Dirección Nacional del Trabajo, se reúne el Consejo de Salarios del Grupo 16 "Servicios de Enseñanza", subgrupo 07 "Enseñanza no formal", y en presencia de la delegada del Poder Ejecutivo Dra. Amalia de la Riva, COMPARECEN: POR UNA PARTE: ANONG representada en este acto por el Dr. Rodolfo Becerra, y el Cr. Daniel Acuña en representación de AUDEC, y POR OTRA PARTE SINTEP representado en este acto por Miguel Venturiello, Leonel Aristimuño, Zelmar Ortíz y Cristina Torterolo, quienes ACUERDAN QUE:
PRIMERO: El porcentaje que debe otorgar el sector empleador a sus trabajadores, a partir del 1º de enero de 2008, es de 4,31% , sobre los sueldos nominales vigentes al 31 de diciembre de 2007.
Dicha cifra surge de la suma de los siguientes items.
A.- Correctivo. En cumplimiento del acuerdo celebrado el 13 de diciembre de 2007, numeral Primero, se establece el correctivo a aplicar a partir del 1º de enero de 2008, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007 que será de 0,81 %, y surge de otorgar la mitad de la diferencia existente entre el índice medio de salarios del período 1º de julio de 2007 – 31 de diciembre de 2007, y el 3,5% de incremento salarial otorgado.
B.- Recuperación. 3,5%
Leída la presente acta, los comparecientes otorgan y suscriben en el lugar y fecha indicados, en cinco ejemplares del mismo tenor.