Ajustes enero 2008
ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 20 de febrero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", integrado por Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Rosario Domínguez y Virginia Sequeira; Delegado de los Empresarios: Daniel Rainusso; Delegado de los Trabajadores: Julio Burgueño HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste semestral para el período comprendido entre el 1º de enero de 2008 y el 30 de junio de 2008, en aplicación de lo dispuesto en el Actas de votación suscritas los días 26 de setiembre de 2006 y 20 de diciembre del año 2007. SEGUNDO.- El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 es del 6,48 % resultante de la aplicación de lo establecido en la cláusula primero literal C de acta de votación suscrita el día 26 de setiembre de 2006, que dispone revisar al 1º de enero de 2008 los cálculos de la inflación proyectada del período 1º de julio de 2006 al 31 de diciembre de 2007, correctivo que equivale al 1,62%, y de acuerdo con lo establecido en el acta antes referida de fecha 20 de diciembre de 2007 que establece los siguientes ajustes: 1,5% por concepto de recuperación; 3,24% por concepto de inflación esperada, equivalente al promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos (encuesta selectiva) para el semestre, tomando como base la proporción correspondiente a la tasa prevista para los siguientes seis meses, publicada en la página web del BCU al mes de enero de 2008. TERCERO.- En aplicación de lo referido precedentemente los salarios mínimos por categoría para el Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", con vigencia desde el 1º de enero de 2008, serán los siguientes:
Categoría 1: $ 23,68
Categoría 2: $ 24,11
Categoría 3: $ 24,55
Categoría 4: $ 24,89
Categoría 5: $ 25,72
Categoría 6: $ 26,47
Categoría 7: $ 27,66
Categoría 8: $ 29,11
Categoría 9: $ 30,14
Categoría 10: $ 32,84
Categoría 11: $ 35,42
Categoría 12: $ 36,26
Categoría 13: $ 42,64
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.