Ajustes enero 2008
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 7 de febrero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 12 "Transporte aéreo de personas y de carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuertos" Capítulo "Empresas concesionarias de aeropuertos" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Las Dras. Cecilia Siqueira, María Noel LLugain y el Lic. Bolivar Moreira; Delegados representantes de los Trabajadores: Los Sres. Fernando Alberti, Néstor Acosta, Eduardo Varela y Javier Ramirez; Delegados representantes de los Empresarios: La Dra. Casilda Echevarria y el Cr.Gabriel Mernies.
ACUERDAN:
PRIMERO. AEROPUERTOS. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 18 de diciembre de 2007.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta, literal 1º del referido Acuerdo, para los Aeropuertos, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 es del 6,24 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:
a. 0,8898% por concepto de correctivo.
b. 3,24 % por concepto de inflación esperada según resulta de las expectativas de inflación del B.C.U.
c. 2 % por concepto de recuperación.
TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2008 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.
SALARIOS MÍNIMOS POR CONVENIO DE SALARIOS DICIEMBRE 2007 A
REGIR A PARTIR DEL 1° ENERO 2008
Convenio por ajuste salarial |
| |
Período | Ene/08 - Jun/08 |
|
PUERTA DEL SUR S.A. |
|
|
Minimos por categorías (valores nominales totales) |
|
|
Categoría | Valores al | Valores ajustados |
31-12-07 | 01-Ene-08 | |
Administrativo | 11.010 | 11697 |
Asistente Técnico | 21.192 | 22514 |
Atención al público | 7.234 | 7685 |
Cajero (*) | 7.625 | 8100 |
Encargado-área administrativa | 30.243 | 32130 |
Encargado-área operativa | 32.023 | 34021 |
Jefatura-área administrativa | 41.312 | 43890 |
Jefatura-área operativa | 38.298 | 40688 |
Peón | 8.695 | 9237 |
Secretaria | 13.742 | 14599 |
Supervisor | 13.742 | 14599 |
Técnico 1 | 20.383 | 21655 |
Técnico 2 | 15.453 | 16417 |
Técnico 3 | 13.707 | 14562 |
Los valores nominales totales incluyen partida en Ticket Alimentación. | ||
(*) Categoría Cajero incluye además partida por quebranto de caja. |
CUARTO. AEROPUERTOS ZAFRALES. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 18 de diciembre de 2007.
QUINTO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta, literal 2º del referido Acuerdo, para los Aeropuertos, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 es del 5,61 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:
a. 1,29% por concepto de correctivo.-
b. 3,24 % por concepto de inflación esperada según resulta de las expectativas de inflación del B.C.U. -
c. 1 % por concepto de recuperación.
SEXTO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2008 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.
[ver cuadro en pdf]
SEPTIMO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.