Ajustes enero 2009

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 26 de enero de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de Hielo y cámaras de frío", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Natalia Denegri y Cr. Claudio Schelotto; Delegados Empresariales: Sres. Roberto González y Gustavo Gazzano y el Dr. Raul Damonte; y Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores del Frío, los Sres.   Manuel Jaén, Alberto Machado, Diego Nuñez , Carlos Cosentini y Alejandro Araujo, HACEN CONSTAR QUE:PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo  suscrito el día 05 de noviembre de 2008, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 755/008 de fecha 22 de diciembre de 2008.SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEPTIMA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2009, es del  4,04 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:A) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( Centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2009-30/06/2009: 2,5%,

  1.  Por concepto de incremento real de base: 0,5 %,

    C) Por concepto de incremento por desempeño del sector: 1 %.Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,005 x 1,01 = 1,0404 (4,04%).     El ajuste a ser aplicado es del 4,04 %.TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de Hielo y cámaras de frío",con vigencia desde el 1º de enero de 2009, serán los siguientes:

Sector administrativo

Mensual

Jornal

Grado 1: Mensajero, Cadete (mayor de 18 años)

$ 5,347

$ 213,88

Grado 3: Auxiliar de tercera

$ 7,233

$ 289,32

Grado 5: Auxiliar de segunda

$ 9,057

$ 362,28

Grado 7: Auxiliar de primera

$ 10,904

$ 436,16

Sector obrero

Mensual

Jornal

Grado 2: Peón común, Sereno

$ 6,474

$ 258,96

Grado 3: Peón calificado, Portero administrativo

$ 7,233

$ 289,32

Grado 4: Chofer Repartidor, Estibador, Chofer, Ayudante de maquinista

$ 8,182

$ 327,28

Grado 5: Medio oficial, Recibidor Expedidor de mercadería, Chofer autoelevador especializado

$ 9,057

$ 362,28

Grado 6: Oficial, Maquinista de segunda, Foguista

$ 9,980

$ 399,20

Grado 7: Oficial electricista calificado, Maquinista de primera

$ 10,904

$ 436,16

 

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados. 

 

 

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