Ajustes enero 2009
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 31 de octubre del año 2008, homologado por decreto del Poder Ejecutivo Nº 749/08, de fecha 22 de diciembre de 2008 .
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2009 para todos los salarios del sector será del 5.89 % resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
5 % por concepto de inflación esperada, considerando el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación que fijó el Banco Central (centro de banda).
0.85 % por concepto de correctivo
Fórmula de ajuste de salarios: 1,05 x 1,0085 = 5.89%.
TERCERO: Por aplicación del mencionado porcentaje, los salarios mínimos nominales que regirán a partir del 1º de enero de 2009 para los comprendidos en el referido convenio serán los siguientes:
PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Gerente Adm. Con participación Mensual $ 27.103
Gerente Adm. Sin participación " $ 56.701
Gerente Comercial " $ 29.320
Secretario de Gerencia " $ 13.502
Contador titulado " $ 24.148
Contador idóneo " $ 21.365
Auxiliar 1º de Contaduría " $ 16.155
Auxiliar 2º de Contaduría " $ 11.503
Auxiliar 3º de Contaduría " $ 9.531
Programista " $ 16.617
Auxiliar programista " $ 12.335
Dibujante " $ 14.497
Jefe de Taller " $ 13.066
Encargado de exp. Taller " $ 11.255
Encargado de propag Taller " $ 11.760
Jefe de Controles " $ 12.627
Control noche Jornal $ 239
Control tarde y noche " $ 386
Control cont 2 turnos Jornal por turno $ 174
Control cont 3 turnos " $ 120
Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias) mensual $ 5.455
Cadete " $ 7.274
Limpiadora 8 horas " $ 5.243
Limpiadora 5 ½ horas " $ 3.942
Locutor 12 hs semanales " $ 3.376
PERSONAL DE TALLER
Revisor mensual $ 9.333
Peón de taller " $ 7.607
PERSONAL DE SERVICIO
Sereno " $ 10.222
Peón de limpieza " $ 7.796
Leída, se ratifica y firman de conformidad.