Ajustes enero 2009

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 14 de enero de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 02 "Productos químicos, sustancias químicas y sus productos", integrado por: Delegada del Poder Ejecutivo: Dra. Carolina Vianes, Delegados Empresariales:  Nicolás Herrera y Dr. Pablo Durán, Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ):  José Prieto y Juan Aristegui:
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acta de fecha 28 de octubre de 2008 de Consejo de Salarios, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de enero de 2009 para el sector individualizado, oportunamente homologado por Decreto del Poder Ejecutivo. 
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2009 aplicable a los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2008, es del 4,03 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Un porcentaje por concepto de por concepto de inflación estimada resultante de promediar la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay (BCU) para el período 1º de enero de 2009 a 30 de junio de 2009 de 2,5  % (1,025)
B) Un porcentaje por concepto de crecimiento de 1,5 % (1,015).
TERCERO: En aplicación de lo referido precedentemente, los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 02 "Productos químicos, sustancias químicas y sus productos" con vigencia desde el 1º de enero de 2009, serán los siguientes:

 

CATEGORIA                                                                       MONTO
LAUDO PERSONAL ADMINISTRATIVO:


Auxiliar Tercero

10793

Auxiliar Segundo

11909

Auxiliar Primero

13231

Cobrador

14971

Oficial

15830

Programador de Computación

15830

Cajero

17012

Secretario/a

14116

Telefonista/Recepcionista

9881

Cadetes - Mensajero

9121

Aprendiz menor de edad

7012

Vendedor plaza con cobranza

18714

Vendedor plaza sin cobranza

17468

Viajantes con cobranza

20459

Ayudante de técnico

14449

Primer ayudante de Laboratorio

13378

Segundo ayudante de Laboratorio

12839

Tercer Ayudante de Laboratorio

10337

Dibujante Proyectista

13378

LAUDO PERSONAL OBRERO:

 

Operario/a común

410

Operario/a práctico y ayudante especializado

427

Operario especializado

480

Operario especializado en varios procesos

537

Foguista

512

Ayudante foguista

450

Operador de planta de Fca. de acetileno y oxido nitroso

512

Operador de equipo de hidrogenación

 512

Operador de equipo de generación de hidrogeno

512

Ayudante de Operador de Gases del aire, gas carbónico, acetileno y ox. nitroso

450

Operador de Planta de gases del aire y gas carbónico

537

Oficial Jabonero

537

Medio oficial jabonero

461

Vigilante diurno

417

Portero

444

Sereno nocturno

472

Chofer a cargo de auto elevador o moto apilador con libreta de chofer profesional

496

Chofer

496

Chofer repartidor vendedor

504

Chofer de remolque o semiremolque

512

Oficial Albañil, Oficial Pintor, Oficial Carpintero

566

Medio Oficial Albañil, Medio oficial pintor; Medio Oficial  carpintero

482

Engrasador

482

Oficial mecánico y/o cañistas

566

Medio Oficial mecánico y/o cañistas

482

Oficial herrero

566

Medio oficial herrero

482

Encargado de cuarto de herramientas

482

Oficial electricista

597

Medio oficial electricista

512

Oficial mecánico ajustador

597

Oficial tornero

597

Medio oficial tornero

482

Oficial soldador, autógena y eléctrica, estaño y plomo

597

Medio Oficial soldador, autógena y eléctrica, estaño y plomo

482

Oficial Instrumentista - Electrónico

702

Electromecánico

702

Encargado (suplemento)

48

En el lugar y fecha indicados se firman cuatro ejemplares del mismo tenor.

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