Ajustes enero 2010
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: La Dra. Cecilia Siqueira, y el Lic. Bolivar Moreira; DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: La Sra. Cristina Fernandez y el Sr. Gustavo González, y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Los Sres. Juan Llopart y José Fazio.
ACUERDAN:
CATEGORÍAS | Salario mensual nominal 1º de enero de 2010 |
---|---|
Administrativo | $ 6.009 |
Auxiliar de cabina | $ 8.702 |
Encargado de operaciones de vuelo | $ 8.702 |
Copiloto de aeronave monomotor / monoturbo | $ 14.172 |
Piloto de aeronave monomotor / monoturbo | $ 24.004 |
Copiloto de aeronave bimotor / biturbo | $ 26.984 |
Piloto de aeronave bimotor / biturbo | $ 40.560 |
Copiloto de Jet | $ 24.985 |
Piloto de Jet | $ 45.691 |
PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2010 del Subgrupo Nº 12 Capítulo "Pilotos de Aviación Ligera o pequeño porte", en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 19 de setiembre de 2008.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera, numeral lII, del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 es del 9.64 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:
a) 0.86 % por concepto de correctivo del Acuerdo anterior.
b) 5 % por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.10 – 31.12.10, resultante del centro de la banda del B.C.U.
c) 2 % por concepto de incremento real de base.
d) 1.5 % por concepto de incremento correspondiente al desempeño del sector.
TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2010 por categoría.
CUARTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.