Ajustes enero 2010

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 25 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 04: "Transportadoras de Valores" integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov y An. Ec. Ana Inés Morató; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fabián Amorena y Álvaro Morales

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 3 de noviembre de 2008.-

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2009 es del 5,90%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a. Por concepto de inflación esperada para el período 1ero. de enero a 31 de diciembre de 2010: 5,0%.

b. Por concepto de correctivo por la diferencia entre la inflación proyectada y la real correspondiente al período 1ero. de enero a 31 de diciembre de 2009: 0,86%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,05 x 1,0086 = 1,059 (5,90%)

TERCERO: De acuerdo a lo estipulado en la cláusula décimo tercera del acuerdo firmado el 3 de noviembre de 2008, a partir del 1º de enero de 2010, corresponde incorporar al salario un 33% de la compensación por función estipulada.

CUARTO: Por consiguiente, considerando el ajuste de 5,89% sobre las remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 2009, y sumando a los mínimos vigentes a dicha fecha el 33% de la compensación por función, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1º de enero de 2010 son los siguientes:

 

CUSTODIA $ 9.029

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO $ 9.029

AUXILIAR DE SERVICIO $ 7.927

RECONTADOR $ 10.173

ADMINISTRATIVO 2/

ASISTENTE ADMINISTRATIVO $ 9.307

CHOFER DE VEHICULO DE APOYO $ 11.928

ADMINISTRATIVO 1/

AUXILIAR ADMINISTRATIVO $ 12.749

TELEFONISTA/RECEPCIONISTA $ 10.758

AUXILIAR DE SEGURIDAD $ 13.745

ASISTENTE DE SEGURIDAD $ 13.036

CHOFER DE BLINDADO $ 14.524

AUXILIAR U OFICIAL DE TESORERIA $ 14.593

OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS $ 14.683

PORTAVALOR $ 16.062

AUXILIAR U OFICIAL DE OPERACIONES $ 19.910

SUPERVISOR O ENCARGADO $ 22.567

JEFE $ 26.649

CUARTO: "Compensación por función". El porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre la "compensación por función" vigente al 30 de junio de 2009 será de 5,89%. Adicionalmente, habiéndose imputado el 33% de este concepto a los salarios mínimos, al 1º de enero de 2010 corresponde considerar la mitad de la compensación anterior ajustada (el 33% de la compensación por función establecida en el convenio de noviembre de 2008, ajustada). De ese modo, los valores máximos de las compensaciones por función mismas con vigencia a partir del 1º de enero de 2010 son los siguientes:

CUSTODIA $ 969

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO $ 969

AUXILIAR DE SERVICIO $ 427

RECONTADOR $ 1.164

ADMINISTRATIVO 2/AUXILIAR ADMINISTRATIVO $ 737

ADMINISTRATIVO 1/ASISTENTE ADMINISTRATIVO $ 388

CHOFER DE VEHICULO DE APOYO $ 620

CHOFER DE BLINDADO $ 776

AUXILIAR DE SEGURIDAD $ 737

ASISTENTE DE SEGURIDAD $ 388

AUXILIAR U OFICIAL DE TESORERIA $ 776

OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS $ 776

PORTAVALOR $ 853

AUXILIAR U OFICIAL DE OPERACIONES $ 582

QUINTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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