Ajustes enero 2010

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 03 "Catering industrial", integrado por: la Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Andrea Bottini y Cr. Claudio Schelotto, los Delegados Empresariales: Sres Juan Guttierrez , José Dartayete y Tulio Scotti y los Delegado de los Trabajadores: Sra María Fernanda Aguirre y Sr. Rodolfo Ferreira en representación del Sindicato Único Gastronómico del Uruguay (S.U.G.U.)

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación del Convenio Colectivo de fecha 12 de noviembre de 2008, recogida en Decreto Nº 761/008 del Poder Ejecutivo de fecha 22 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: Que en virtud del mencionado Convenio Colectivo , el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010, es del 9,1 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

A) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2010 – 31/12/2010: 5%;

B ) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/01/2009 - 31/12/2009 y la variación real del IPC del mismo período: 0,857 %;

C) Por concepto de incremento real de base: 1 %;

D) Por concepto de incremento por desempeño del sector: 2%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,05 x 1,00857 x 1,01 x 1,02 = 1,091

El ajuste a ser aplicado es del 9,1 %.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos nominales por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12 "Fabricación de helados, panaderías y confiterías con planta de elaboración, bombonerías, fabricación de pastas frescas y catering", Capítulo 03 "Catering Industrial", con vigencia desde el 1º de enero de 2010, serán los siguientes:

SUELDO HORA

PEON COMUN $ 6.664 $ 32,50

PEON CALIFICADO $ 7.395 $ 36,06

AYUDANTE COMUN $ 8.749 $ 42,67

AYUDANTE CALIFICADO $ 10.516 $ 51,30

COCINERO $ 11.198 $ 54,63

ENCARGADO SECTOR $ 11.198 $ 54,63

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

 

 

Etiquetas