Ajustes enero 2010

 

ACTA DE AJUSTE: En Montevideo, el día 20 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 03 "Prendas de Vestir y Afines", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano, Pablo Gutierrez, y Marianela Boliolo; el Delegado Empresarial: Dr Jorge Rosenbaum y el Delegado de los Trabajadores: Ricardo Moreira.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 7 de noviembre de 2008, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 710/008 de fecha 22 de diciembre de 2008-

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula décima del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010, es del 4,04 % resultante de la acumulación a) del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación del Banco Central (Centro de la Banda), para enero-junio de 2010 (2,5 %), b) un 0,50 % por concepto de incremento real y c) un 1 % de incremento real adicional.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 03 "Prendas de vestir y Afines",con vigencia desde el 1º de enero de 2010, serán los siguientes:

  • Ropa de tela:

  • Nivel I: $ 47,87

  • Nivel II: $ 44,48

  • Nivel III: $ 39,41

  • Nivel IV: $ 37,16

  • Nivel V: $ 34,90

  • Nivel VI: $ 31,53

  • Nivel VII: $ 29,84

  • Nivel VIII: $ 27,59

  • Nivel IX: $ 26,13

  • Ropa de cuero:

  • Nivel I: $ 89,00

  • Nivel II: $ 82,73

  • Nivel III: $ 73,31

  • Nivel IV: $ 63,68

  • Nivel V: $ 57,73

  • Nivel VI: $ 53,08

  • Nivel VII: $ 52,71

  • Nivel VIII: $ 50,84

  • Nivel IX: $ 50,53

  • Ropa de cama y afines:

  • Nivel III: $ 39,41

  • Nivel IV: $ 37,16

  • Nivel V: $ 34,90

  • Nivel VI: $ 31,53

  • Nivel VII: $ 29,84

  • Nivel VIII: $ 27,59

  • Nivel IX: $ 26,13

CUARTO: Leída que les fue, se ratifican y firman cinco ejemplares del mismo tenor.

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