Ajustes enero 2011

ACTA DE AJUSTE: En Montevideo, el día 1º de febrero de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 03 "Prendas de Vestir y Afines", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Beatriz Cozzano, Viviana Maqueira, y Marianela Boliolo; y las Delegadas de los Trabajadores: Flor de Liz Feijoo, Andrea Elola, Karina Zeballos y Gabriela Francomano.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo por mayoría del 6 de diciembre de 2010, publicado y registrado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido acuerdo por mayoría, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2011 para las áreas ropa de tela, ropa de cama y afines, es del 12 %. Por consiguiente los salarios mínimos por categoría de las referidas áreas con vigencia desde el 1º de enero de 2011, serán los siguientes:- ---

  • Ropa de tela:

  • Nivel I: $ 63,37

  • Nivel II: $ 58,89

  • Nivel III: $ 52,17

  • Nivel IV: $ 49,19

  • Nivel V: $ 46,20

  • Nivel VI: $ 41,74

  • Nivel VII: $ 39,50

  • Nivel VIII $ 36,52

  • Nivel IX: $ 34,60

  • Ropa de cama y afines:

  • Nivel III: $ 52,17

  • Nivel IV: $ 49,19

  • Nivel V: $ 46,20

  • Nivel VI: $ 41,74

  • Nivel VII: $ 39,50

  • Nivel VIII : $ 36,52

  • Nivel IX: $ 34,60

TERCERO: En virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA los trabajadores sobrelaudados pertenecientes al área ropa de tela, ropa de cama y afines recibirán sobre sus retribuciones al 31 de diciembre de 2010 un incremento salarial de 10% si sus retribuciones están hasta 10% sobre los salarios mínimos establecidos, o 6% si sus salarios superan en más de 10% los mínimos fijados.

CUARTO: Todos los trabajadores del área ropa de cuero ajustarán sus remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 2010 4,76% % producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% inflación proyectada para el período 1/1/11 a 30/6/11; b) 1,19% correctivo de inflación (1.0372/1,025) y c) 1% de crecimiento de salario real. En consecuencia los salarios mínimos para los trabajadores del área ropa de cuero al 1º de enero de 2011 serán:

  • Ropa de cuero:

  • Nivel I: $ 98,92

  • Nivel II: $ 91,96

  • Nivel III: $ 81,48

  • Nivel IV: $ 70,78

  • Nivel V: $ 64,17

  • Nivel VI: $ 59,00

  • Nivel VII: $ 58,59

  • Nivel VIII: $ 56,51

  • Nivel IX: $ 56,16

QUINTO: El sector empresarial fue convocado en tiempo y forma para la suscripción de la presente acta, pese a ello, y previo aviso al día de hoy no compareció.

  • Leída que les fue, ratifican y firman cinco ejemplares del mismo tenor.

Etiquetas