Ajustes enero 2011

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 27 de enero de 2011, en la Dirección Nacional de Trabajo y Seguridad Social, comparecen: Por la Delegación del Poder Ejecutivo: el Dr. Hugo Barreto, la Dra. Andrea Custodio y la Soc. Maite Ciarniello y Por la Delegación de los Trabajadores: la Sra. Alba Colombo y el Sr. Hugo Domínguez en representación de la UNTMRA, quienes convienen dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial del mes de enero de 2011, correspondiente al Consejo de Salarios del del Grupo Nº 8: Industria de Productos Metálicos, Maquinaria y Equipo, etc."; Subgrupo Nº 01: "Industria metálicas básicas, productos metálicos, reciclaje de productos metálicos, aberturas de aluminio; muebles metálicos. Diques, varaderos, astilleros, y talleres navales. Maquinarias y equipos (motores, bombas, compresores, refrigeración). Mantenimiento de maquinarias, equipos e instalaciones en empresas.", en aplicación de lo dispuesto en el artículo primero del Decreto suscrito el día 24 de enero de 2011.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el artículo primero del referido Decreto, el porcentaje de aumento salarial para los salarios mínimos nominales por categoría que regirá a partir del 1º de enero de 2011, es del 5,82%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a) 0,41% por concepto de correctivo (resultante de la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1/7/2010-31/12/2010, de 3,3% y la variación real del IPC en el mismo período, de 3,72%),

b) 3,83% por concepto de inflación esperada (mediana de las expectativa de inflación de los analistas privados para el período enero 2011 – junio 2011, que surge de la encuesta de expectativas de inflación realizada por el Banco Central;

c) 1,5% por concepto de crecimiento.

Procedimiento: 1,0041 x 1,0383 x 1,015 = 1,0582

TERCERO: Salarios mínimos: Los salarios mínimos nominales por categoría vigentes a partir del 1º de enero de 2011 son los que se detallan en el anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente acta.

Leída que les fue la presente, se ratifica la misma y se firman seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO 1: Salarios mínimos nominales por categoría para la Industria Metalúrgica









1,0582







1) APRENDICES







01/01/11




5,82%




$/HORA

CATEGORIA I




Salario inicial

33,56

Salario a los 6 meses

34,68


12
37,06


18
38,37


24
39,88


30
42,53


36
46,03


42
49,12







CATEGORIA II




Salario inicial

34,69

Salario a los 6 meses

36,43


12
38,9


18
41,14


24
44,59


30
47,24


36
51,79







CATEGORIA III




Salario inicial

38,9

Salario a los 6 meses

49,12


12
55,94


18
62,9







CATEGORIA IV




Salario inicial

49,12

Salario a los 6 meses

62,9







2) OPERARIOS :




GRUPO 1Ajuste salarial 1/7/08 7,5 % + 5 %
52,46

GRUPO 2

55,94

GRUPO 3

57,15

GRUPO 4

59,85

GRUPO 5

62,9

GRUPO 6

64,86

GRUPO 7

67,87

GRUPO 8

71,46

GRUPO 9

73,31

GRUPO 10

76,77

GRUPO 11

80,03

GRUPO 12

83,48

GRUPO 13

85,12

GRUPO 14

88,28

GRUPO 15

90,75

GRUPO 16

93,58



















3) PERSONAL ADMINISTRATIVO
















Cadete hasta....18 años

7525,16

Cadete mayor 18 años

9839,26

Ordenanzas mayor 18 años

11180,14

Aspirante aux. h.18 años

9223,33

Asp. aux. mayor 18

9950,49

Aux. de tercera mayor 18

11180,14

Aux. de 2a.

12888,41

Aux. de 1a.

15811,67

Cajero aux. ( c. chica)

15407,1

Cajero Gral

17733,94

Aspirante a dib. mecanico

11180,14

Dibuj. mecánico 3a. Cat.

12187,09

Dibuj. mecánico 2a. Cat.

14661,48

Dibuj. mecánico 1a. Cat.

17745,98

Aspirante a dib. letras y afic

11180,14

Dibujante 2a. letras y afiches

12187,09

Dibujante 1a. letras y afiches

15407,1

Ayud. quim. indust. 1er. año

12432,3

Ayud. quim. indust. 2do. año

16193,76

Ayud. quim. indust. 3er. año

19667,91

Cronometrista de 2a.

16279,07

Cronometrista de 1a.

17745,98

Proyectista

19338,34

Proyectista de matrices

19338,34

Ayudante tecn. de Ing.

19338,34

Vendedor interno 2a. cat.

14163,87

Vendedor interno 1a. cat.

15407,1

Gestor de as. admin.

14684,67

Gestor tramit. aduaneros

17745,98

vendedor externo

17745,98

Viajante

17745,98

Cobrador

16279,07

Apuntador

12888,41

Inspector de servicios

13621,67

Inspector de armado

14684,67

Traductor de hasta 2 idiomas

15407,1

Enfermero/a titular

15407,1

Normalizador

16257,31

Tenedor de libros

17745,98

Tenedor de libros medio día

11180,14

Diseñador artístico

18371,16

Telefonista

11180,14

Secretario dactilógrafo

15811,67

Instrumentista

19667,91

Operador de máq. convencional

12889,4

Equipos de sistematización




a) Operador de 3a.

11180,14

b) Operador de 2a.

12888,41

c) Operador de 1a.

15811,67

d) Programador

17745,98

e) Perfor. y Verificador B

12888,41

f) Perforador y verif. A

15811,67

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