Ajustes enero 2011
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 19 de enero de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18: "Servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones", subgrupo 02 "Prensa escrita y sus ediciones periodísticas digitales" capítulo "Prensa escrita de Montevideo y sus ediciones periodísticas digitales", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Beatriz Cozzano, Marianela Boliolo y Téc. RR.LL. Elizabeth González; el Representante Empresarial Dr Daniel De Siano: y el representantes de los Trabajadores: Sr. Daniel Lema.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 1 de noviembre de 2010, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2011 para todos los trabajadores que perciban salarios inferiores a $15.000 es del 4,50%, los que perciban salarios entre $15.001 y $25.000 tendrán 4,24% de aumento, los que perciban salarios entre $25.001 y $45.000 un 3,98% de incremento, en tanto que aquellos que perciban salarios superiores al referido monto tendrán un incremento de 3,72%. Los porcentajes señalados resultan de la acumulación de los siguientes conceptos:
A.- 2,5 % (centro del rango meta de inflación proyectada por el Banco Central para el período 1/1/2011 al 30/6/2011).
B.-1,19% por concepto de correctivo entre la inflación proyectada del período julio- diciembre de 2010 (2,5%) y la efectivamente registrada en el mismo período ( 3,72%) (1,0372/ 1,025=1,0119).
C) 0,75% de incremento real para los salarios de hasta $15.000; 0,5% para los salarios entre $15.001 y $25.000; 0,25% para los salarios entre $25.001 y $45.000. Los salarios superiores al referido monto no percibirán este items
TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos nominales que regirán a partir del 1º de enero de 2011 para el subgrupo son los siguientes:
OFICIAL ADM. 2ª 14.302
AUXILIAR ADM. INGRESO 9.960
AUXILIAR CONTRALOR 10.936
PRESUPUESTISTA 16.845
AUXILIAR IMPORTACIONES 12.114
AUXILIAR ALMACEN Y DEPOSITO 10.768
COBRADOR 15.142
CAJERO AUXILIAR 17.243
ENCARGADO ARCHIVO 12.619
ENCARGADO SUSCRIPCIONES 16.742
ENCARGADO CONTADURÍA 21.429
CONDUCTOR AUTOELEVADOR 11.398
OFIC. MANTENIMIENTO EDIF. GRAL. 16.742
AYUDANTE DE MANTENIMIENTO DE EDIF. GRAL. 10.095
PASATIEMPOS 13.277
FOTOGRAFO 2ª 13.461
FOTOGRAFO IMPRESOR 15.946
CRONOMETRISTA 11.442
COORD. DE PRODUCC. CPD 40.836
ANALISTA 38.144
PROGRAMADOR SENIOR 27.523
PROGRAMADOR JUNIOR 16.573
OPERADOR CPD 16.111
DIGITADOR CPD 15.914
AYUDANTE DE DISEÑO 11.445
AYUDANTE DE SCANNER 12.294
AYUDANTE DE INFOGRAFIA 9.808
ARMADOR EN PANTALLA 1ª 19.326
AUXILIAR DE SERVICIOS 10.638
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1ª 12.541
AYUDANTE DE EXPEDICION 9.710
CADETE O MENSAJERO 7.124
CAJERO 22.525
CARICATURISTA 25.828
CHOFERES 11.398
CORRECTOR 15.375
CRONISTA 15.945
CRONISTA S/EXPER. O APRENDIZ 13.278
CRONISTA S/EXPER. EN PRENSA 13.278
DIGITADOR 16.579
DISEÑADOR 1ª 18.980
EDITOR DE DISEÑO 43.869
EDITOR DE DISEÑO WEB 23.652
EDITOR DE SECCION 37.519
EDITOR DE FOTOGRAFIA 26.121
EDITORIALISTA 28.830
FOTOGRAFO 1ª 15.946
INFOGRAFISTA 1ª 16.267
JEFE DE AVISOS 35.336
JEFE DE DEPOSITO 25.644
JEFE DE DISTRIBUCIÓN/ ARCHIVO 25.828
JEFE DE EXPEDICION 25.828
AUXILIAR DE LIMPIEZA 7.711
OFICIAL ADMINIST. 1ª 16.845
PORTERO Y SERENO 9.573
RECEP. VEND. TELEFONICA 7.337
RECEP. VENDEDORA 6.812
SCANNER 1ª 20.392
SECRETARIA 13.160
SUB – EDITOR DE SECCIÓN 26.764
TELEFONISTA 12.027
WEB MASTER 22.494
DISTRIBUIDOR 7.948
Leída, se ratifican y firman de conformidad.