Ajustes enero 2011

ACTA: En Montevideo, el 25 de enero de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18: "Servicios culturales de esparcimiento y comunicaciones", subgrupo 03 "Radios AM y FM y sus ediciones periodísticas digitales", capítulo "Radios AM y FM y sus ediciones periodísticas digitales de Montevideo", integrado por: los delegados del Poder Ejecutivo: Dras Beatriz Cozzano, Marianela Boliolo y Téc. Elizabeth González; los Delegados Empresariales: Dr. Juan Andrés Lerena en representación de Andebu y el Delegado de los Trabajadores: Claudio Veiga en representación de APU.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 1 de noviembre de 2010, publicado y registrado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en las cláusula quinta del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero 2011 para los trabajadores del sector, será:

1.- Para los salarios de hasta $15.000: 3,52 % resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. 2,5% por concepto de inflación esperada, considerando el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de banda) del BCU.

  2. 1% por concepto de crecimiento.

Fórmula de ajuste: 1.025*1.01*=3,52 %

2.- Para los salarios entre $15.001 y 25.000:3,01% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. 2,5% por concepto de inflación esperada, considerando el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de banda) del BCU.

  2. 0,5 % por concepto de crecimiento.

Fórmula de ajuste de salarios: 1.025*1.005 =3,01 %

3- Para los salarios de más de $25.000: 2,5% por concepto de inflación esperada, considerando el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de banda) del BCU.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos nominales que regirán a partir del 1º de enero de 2011 para el subgrupo son los siguientes: 

Sección – Categoría

 

Administración

 

Cadete / Mensajero

8.646

Recepcionista

9.590

Auxiliar de comerciales

9.590

Administrativo contable

9.590

Cobrador

10.539

Secretario

10.539

Cajero

10.539

Administrativo

11.953

Auxiliar administrativo

9.590

Operaciones

 

Operador exteriores 6 meses

10.146

Operador exteriores

11.493

Operador planta 6 meses

10.146

Operador planta

11.493

Operador grabaciones 6 meses

10.146

Operador de grabaciones

11.493

Operador mesa o estudio 6 meses

10.539

Operador de mesa o estudio

12.516

Operador locutor

16.519

Programación

 

Discotecario 6 meses

9.590

Discotecario

10.064

Programador / Productor musical 6 meses

10.064

Programador / Productor musical

11.493

Programador / Productor 6 meses

10.539

Programador / Productor

11.737

Locutor

12.516

Conductor de programas

12.283

Co-Conductor

10.440

Creativo

10.064

Técnica

 

Ayudante técnico 6 meses

9.590

Ayudante técnico

10.539

Técnico 6 meses

11.727

Técnico

12.902

Prensa e información

 

Periodista

12.902

Periodista / Productor

12.902

Informativista 6 meses

9.590

Informativista

12.902

Servicios Generales

 

Auxiliar de Limpieza

8.646

Sereno

8.646

Portero

9.590

Chofer

10.064

Mantenimiento

9.590

Aprendiz

8.330

TARIFAS BASICAS PARA LOCUTORES FREE LANCE

 

 

 

RADIO

TARIFA

1 mes (1 texto)

2.472

1 mes (hasta 4 textos)

4.017

1 mes (subsiguientes)

1.003

3 meses (1 texto)

3.273

3 meses (hasta 4 textos)

5.329

3 meses (subsiguientes)

1.310

1 año (1 texto)

3.8.29

1 año (hasta 4 textos)

6.291

1 año (subsiguientes)

1.543

 

 

PRESENTACIONES Y/O CIERRES DE

PROGRAMAS

1 mes (Radio)

2.466

3 meses (Radio)

3.328

1 año (Radio)

3.761

CONDUCCIÓN

 

1 Programa

9.860

Ciclo anual, cada programa

9.122

IDIOMAS

 

1 Idioma

50% recargo

2 Idiomas

35% recargo

3 Idiomas

25% recargo

Español + Otro Idioma

100% recar.

INTERIOR

 

Interior del país

75% de la tarifa

EXTERIOR

 

MERCOSUR

 

1 país

100% de la tarifa

Varios países

150% de la tarifa

AMERICA LATINA

 

1 país

125% de la tarifa

Varios países

180% de la tarifa

RESTO DEL MUNDO

 

1 país

150% de la tarifa

Varios países.

200% de la tarifa

 Leída, se ratifican y firman de conformidad.

 

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