Ajustes enero 2011
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 25 de enero de 2011, ante la Dirección Nacional de Trabajo, reunido el Consejo de Salarios del GRUPO Nª 20 "Entidades Gremiales Sociales y Deportivas", SUB-GRUPO N 02: Y N 03 "Entidades Gremiales y Sociales", COMPARECEN POR UNA PARTE: Delegada del Poder Ejecutivo: Cra. Graciela Saldías, Delegado Empresarial: Sr. José Luis González y Delegados de los Trabajadores: SUTIGA-FUECI Sres. Gustavo Aysa y Carlos Gette:.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento, al segundo ajuste salarial en los términos de las clausulas del acuerdo celebrado el 17 de noviembre del 2010.
SEGUNDO: Incremento Salarial- En virtud de lo establecido en el referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero del 2011, y que se aplicará sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre del 2010, es del 5,77%, resultante de la acumulación de los siguientes items:
A) Un porcentaje por concepto de inflación esperada para el semestre comprendido entre el 01/01/11 y el 30/06/11.- Dicho porcentaje surge de prorratear el promedio y la mediana de las expectativas de inflación para el semestre enero-junio 2011, encuestadas por el Banco Central del Uruguay y publicadas en enero: 3,83%
B) Por concepto de crecimiento del salario real: 1,5%
C) Por concepto de correctivo de la inflación observada en semestre anterior: 0,36%
Sin perjuicio de lo anterior, las retribuciones mínimas para el sector, quedan fijadas a partir del 01/01/11 en los valores que se establecen en el cuadro siguiente:
Salarios Mínimos Nominales por CATEGORIAS GRUPO 20 SG.02 y 03 correspondientes al 01/01/11 | ||
1) | CADETE Y/O MANDADERO, AUXILIAR 4TO, COBRADOR | 9.157,00 |
2) | TELEFONISTA, AYUDANTE DE COCINA | 10.018,00 |
3) | AUXILIAR 3°, SERENO, RECEPCIONISTA, AUXILIAR DE SECRETARIA, AUXILIAR DE GUARDERIA, COCINERO, LIMPIADOR, PEON,OPERADOR/DIGITADOR PC,CHOFER | 10.949,00 |
4) | AUXILIAR 2°, VISITADORES, INFORMANTE DE 2°, SECRETARIA/O PRIVADA/O, PEON CALIFICADO, AUXILIAR DE MANTENIMIENTO, AUXILIAR ENCARGADO DE GRUPO, PORTERO | 12.896,00 |
5) | BIBLIOTECARIO IDONEO, CAJERO AUXILIAR, INFORMANTE - ENTREVISTADOR, TRAMITADOR, INSTRUCTOR DE ENSEÑANZA. | 13.506,00 |
6) | AUXILIAR 1º, CAJERO, TECNICO INFORMATICO, MAESTRA ESPEC. PREESCOLARES; PROMOTOR DE VENTAS y/o SERVICIOS, VENDEDOR PUBLICITARIO | 15.338,00 |
7) | OFICIAL, TRADUCTOR, CONSERJE, CAPATAZ, INTENDENTE DE PARQUE, PROGRAMADOR, MAESTRA ENCARGADA DE GUARDERIA | 17.552,00 |
8) | SUB JEFE DE SECCIÓN, INFORMANTE DE 1ª, ENCARGADO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN, PROCURADOR, ASISTENTE SOCIAL, BIBLIOTECOLOGO, ABOGADO, ESCRIBANO, CONTADOR, MEDICO, ODONTOLOGO, ARQUITECTO, ANALISTA | 20.925,00 |
9) | JEFES DE SECCION, SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O Y/O EJECUTIVA/O, CAJERO GRAL., INTENDENTE | 23.961,00 |
10) | JEFE DE DEPARTAMENTO, INSPECTOR GENERAL. | 27.396,00 |
CAJEROS, CAJEROS AUXILIARES, CAJEROS GRALES. $914 Y COBRADORES $610,00 |
TERCERO-En cumplimiento de la clausula VIGESIMA SEXTA del acuerdo del 17/11/10 se adjunta acta de fecha 12/12/2010, la cual pasa a integrar dicho convenio aplicándole el ajuste correspondiente a esta acta de fecha 25/01/2011.
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.