Ajustes Enero 2012
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dras. Luján Charrutti y Natalia Denegri; Delegados Empresariales: Sr. Gustavo Gazzano y Dr. Raul Damonte; y Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores del Frío, los Sres. William Moreno y Alberto Machado, HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 24 de noviembre de 2010.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral SÉPTIMO del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012, es del 4,55%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( Centro de la Banda ) del BCU para el período 01/01/2012-30/6/2012: 2,5 %;
B) Por concepto de crecimiento del sector: 2 %.
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,02 = 1,0455 ( 4,55%).
El ajuste a ser aplicado es del 4,55 %.
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío",con vigencia desde el 1º de enero de 2012, serán los siguientes:
Grado | Cargo | MINIMO | CALCULO | MINIMO |
|
| $ MENSUAL | $ Hora | $ JORNAL |
1 |
| 7310,14 | 36,55 | 292,41 |
2 | Peón común, Sereno | 8849,11 | 44,25 | 353,96 |
3 | Peón calif.-Portero administrativo | 9888,34 | 49,44 | 395,53 |
4 | Estibador, chofer esp, Ayud.maquinista | 11186,85 | 55,93 | 447,47 |
5 | M. Ofic.- Rec.exp.mer-Chofer autoelev | 12380,81 | 61,9 | 495,23 |
6 | Oficial, Maquinista segunda | 13643,78 | 68,22 | 545,75 |
7 | Oficial elect.calific.Maquinista 1a. | 14906,74 | 74,53 | 595,94 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.