Ajustes Enero 2012

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 31 enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", sub-grupo 12 "Transporte Aereo de personas y de carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares de aeropuerto", Capítulo "Servicios de Rampas", integrado por: POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Ma. Noel Llugain y Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. Luis Vizcaíno y Carlos Arce. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: El Sr. Héctor Pérez y el Dr. Gonzalo Gari.

ACUERDAN:

PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2012 en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 2 de junio de 2011.

SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera, numeral IlI, del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012 es del 6.54 % sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2011, resultante de la aculmulación de los siguientes items:

a) 2.50 % por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.12 – 30.06.12, resultante del centro de la banda del B.C.U.

b) 0.50 % por concepto de incremento en función de los lineamientos del Poder Ejecutivo.

c) 3.43% por concepto de correctivo de inflación por el período 01.01.2011 – 31.12.11.

TERCERO. Que en virtud de la cláusula séptima numeral 13 del referido Acuerdo, se acordó la equiparación salarial de las categorías Encargado de Limpieza y Encargado de Cinta, con la del Coordinador de Ómnibus, con vigencia 01/07/2011. En esta oportunidad se ajusta la mitad de la diferencia que aún se mantenga.

CUARTO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2012 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.

QUINTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

Consejo de Salarios - Grupo 13: "Transporte y Almacenamiento" - Subgrupo 12: "Transporte Aéreo de Personas y de Carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares de Aeropuerto", Capítulo: "Servicio de Rampas"
SUELDOS MINIMOS POR CATEGORIA CON VIGENCIA 01/01/2012- AJUSTE: 6,54 % (INCLUYE SEGUNDA PARTE EQUIPARACION CATEGORIAS 4 Y 5 CON LA Nº 6)
Categorías0]#.##0 ;[Nuevo Sueldo 0]#.##0 ;[Partida en Tickets Alimentación TOTAL0]#.##0 ;[Nueva Tasa Horaria
OPERACIONES
1Supervisor de Rampa0]#.##0 ;[44.9070]#.##0 ;[4.5600]#.##0 ;[49.467281,06
2Encargado de Rampa0]#.##0 ;[33.1760]#.##0 ;[3.4200]#.##0 ;[36.596207,93
3Encargado de Parqueadores0]#.##0 ;[44.9070]#.##0 ;[4.5600]#.##0 ;[49.467281,06
4Encargado de Cinta0]#.##0 ;[23.062 0]#.##0 ;[2.300 0]#.##0 ;[25.362 144,10
5Encargado de Limpieza0]#.##0 ;[23.062 0]#.##0 ;[2.300 0]#.##0 ;[25.362 144,10
60]#.##0 ;[Coordinador de Omnibus, Camiones de Catering y Discapacitados0]#.##0 ;[23.7960]#.##0 ;[2.3700]#.##0 ;[26.166148,67
7Mecánico de Rampa0]#.##0 ;[24.3660]#.##0 ;[2.4500]#.##0 ;[26.816152,36
8Operador de Rampa0]#.##0 ;[21.5980]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[23.758134,99
9Operador B0]#.##0 ;[18.7750]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[20.935118,95
100]#.##0 ;[Operador de Omnibus, Camiones de Catering y Discapacitados0]#.##0 ;[21.5980]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[23.758134,99
11Auxiliar de Servicios de Aeropuerto0]#.##0 ;[12.9260]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[15.08685,72
120]#.##0 ;[Auxiliar Administrativo de Mesa de Operaciones0]#.##0 ;[20.4800]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[22.640128,63
ADMINISTRACION GENERAL0]#.##0 ;[
13Auxiliar Administrativo de Operaciones0]#.##0 ;[23.3790]#.##0 ;[2.3400]#.##0 ;[25.719146,13
14Auxiliar Administrativo A0]#.##0 ;[27.5830]#.##0 ;[2.7700]#.##0 ;[30.353172,46
14Auxiliar Administrativo B0]#.##0 ;[23.3790]#.##0 ;[2.3400]#.##0 ;[25.719146,13
14Auxiliar Administrativo C0]#.##0 ;[20.4800]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[22.640128,63
15Cadete0]#.##0 ;[11.7120]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[13.87278,82
MANTENIMIENTO0]#.##0 ;[
16Jefe de Mantenimiento0]#.##0 ;[62.6320]#.##0 ;[6.4700]#.##0 ;[69.102392,62
17Oficial de Mantenimiento0]#.##0 ;[23.2400]#.##0 ;[2.3400]#.##0 ;[25.580145,34
18Auxiliar de Mantenimiento0]#.##0 ;[12.9260]#.##0 ;[2.1600]#.##0 ;[15.08685,72

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