Ajustes Enero 2012
ACTA de AJUSTE: En la ciudad de Montevideo el día 26 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 04 "Industria Textil" Subgrupo 02 "Fabricación de Tejidos de Punto", COMPARECEN: POR UNA PARTE: los delegados del sector empleador representantes del Punto Industrial Uruguayo(PIU): Dra. Sandra Goldflus y Téc. Elena Mereles POR OTRA PARTE: los delegados del sector de los trabajadores representantes del Congreso Obrero Textil(COT): Sras. Marina González y Carmen Cáceres. En representación del Poder Ejecutivo: Dres. Natalia Baldomir y Pablo Gutiérrez.
QUINES HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Según lo dispuesto por acta de votación de fecha 17 de diciembre de 2010, registrada y publicada de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial de acuerdo a lo establecido en el artículo quinto de la referida acta que es del 5,27%(cinco con veintisiete por ciento), de acuerdo al siguiente detalle:
A)2,5%(dos con cinco por ciento)en concepto de centro de rango de meta de inflación esperada previsto por el Banco Central para el período enero-junio 2012.
B)1,18%(un con dieciocho por ciento) por concepto de correctivo entre la inflación proyectada del período julio-diciembre 2011(2,5%) y la efectivamente registrada en el mismo período(3,71%)(1,0371/1,025=1,0118) Si alguna empresa otorgó un porcentaje diferente de inflación esperada aplicará el correctivo teniendo en cuenta su proyección de corrección. Inflación real 3.71%.
C)1,5%(uno con cinco por ciento) en concepto de incremento de salario real.
TERCERO: En consecuencia los salarios mínimos vigentes al 1 de enero de 2012 tendrán un incremento del 5,27%(cinco con veintisiete por ciento)(1,025*1,0118*1,015=1,0527) con vigencia a partir del 1 de enero de 2012.
Se leyó y para constancia se firma en el lugar y fecha indicados arriba.