Ajustes Enero 2012
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 19 de marzo de 2012, reunidos los delegados del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 06 "Molinos de trigo, harina, fécula, sal y fábrica de raciones balanceadas", Capítulo 02 "Fábricas de raciones balanceadas", integrado por: Tec RR.LL. Valeria Charlone y Lic. Marcela Barrios; HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 205/011 suscrito el día 3 de junio de de 2011.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el artículo primero del referido decreto, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012, es del 7,11%, que resulta de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del BCU para el período 01/01/2012 – 30/06/2012: 2,5%,
B) Por concepto de crecimiento: 2%,
C) Por concepto de correctivo de inflación (real 8,6% / estimada 6,0%): 2,45%.
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,02 x 1,0245= 1,0711
TERCERO: Por consiguiente, los porcentajes de aumento salarial para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo, 06 "Molinos de trigo, harina, fécula, sal y fábrica de raciones balanceadas", Capítulo 02 "Fábricas de raciones balanceadas", es del 7,11%, siendo los salarios mínimos del sector con vigencia
1° de enero de 2012 los siguientes:
Categorías | Salarios mínimos a partir del 1º de enero de 2012 |
| Jornal |
Peón común | $391,00 |
Sereno | $411,00 |
Peón práctico o zafral | $415,00 |
Mezclador | $425,00 |
Electricista | $467,00 |
Chofer menos de 7.000 kg. | $419,00 |
Chofer más de 7.000 kg. | $477,00 |
Prensero, foguista | $484,00 |
Mecánico | $504,00 |
Capataz | $513,00 |
| Mensual |
Auxiliar administrativo de 2º | $9.099,00 |
Auxiliar administrativo de 1º | $10.820,00 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.