Ajustes Enero 2012

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 03 "Prendas de vestir y afines" , capitulo " Fabrica de cierres de cremallera", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Viviana Maqueira y Marianela Boliolo; Delegado Empresarial: Dra. Ivonne Rosa y Delegados de los Trabajadores: Leonardo Cavia y Javier Marrero

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 26 de octubre de 2011, registrado y publicado conforme a la normativa vigente.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula III 1.2 del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012, es del 9,93 % resultante de la acumulación de: a) inflación esperada: centro del rango meta de inflación definido por el BCU para el periodo 1/1/2012 al 30/6/2012, para enero- junio de 2012 (2,5 %), b) correctivo: 1,18 % correspondiente a la diferencia entre la inflación esperada y la efectivamente registrada en el periodo 1/7/2011 y 31/12/2011 y c) un 6 % por concepto de incremento real.( 1,025*1,0118*1,06)= 1,0993= 9,93%.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 03 "Prendas de vestir y afines" , capitulo " Fabrica de cierres de cremallera", con vigencia desde el 1º de enero de 2012, serán los siguientes:

  • Peón: $ 343

  • Peón Práctico: $ 357

  • Operario: $ 388

  • Operario Practico: $ 420

  • Operario Especializado: $ 460

CUARTO: Leída que les fue, se ratifican y firman seis ejemplares del mismo tenor.

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