Ajustes Enero 2012

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 05"Artículos de Cuero con proceso industrial para consumo animal", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Viviana Maqueira y Marianela Boliolo y Tec. Raúl Marichal; Delegado Empresarial: Dra. Ivonne Rosa y Delegados de los Trabajadores: Leonardo Cavia y Diego Romero.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 5 de noviembre de 2010, registrado y publicado conforme a la normativa vigente.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula III 1.3 del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012, es del 5,26 % resultante de la acumulación de: a) inflación esperada: centro del rango meta de inflación definido por el BCU para el periodo 1/1/2012 al 30/6/2012, para enero- junio de 2012 (2,5 %), b) correctivo: 1,18 % correspondiente a la diferencia entre la inflación esperada y la efectivamente registrada en el periodo 1/7/2011 y 31/12/2011 y c) un 1,5 % por concepto de incremento real.( 1,025*1,0118*1,015)= 1,0526 = 5,26 %

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 05"Artículos de Cuero con proceso industrial para consumo animal",con vigencia desde el 1º de enero de 2012, serán los siguientes:

  • Peón: $ 272

  • Peón Especializado: $ 303,31

  • Medio Oficial: $ 314

  • Oficial: $ 325

CUARTO: Leída que les fue, se ratifican y firman cinco ejemplares del mismo tenor.

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