Ajustes Enero 2012

ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 13 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", integrado por Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Virginia Sequeira y Rosario Domínguez; Delegados de los Empresarios: Dr. Daniel Raiunusso y Sr. Carlos Giaudrone; Delegado de los Trabajadores: Sr. Julio Burgueño , HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al ajuste semestral para el período comprendido entre el 1º de enero de 2012 y el 30 de junio de 2012, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 23 de febrero de 2011. SEGUNDO.- El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012 es del 5,26% resultante de la aplicación de lo establecido en la cláusula décima numeral III) del referido Convenio Colectivo, resultante de la aplicación de los siguientes items: 1,18% por concepto de correctivo del semestre anterior; 2,5% por concepto de inflación esperada para el primer semestre del año 2012; 1,5% por concepto de incremento real del salario (1,0118 x 1,025 x 1,015). TERCERO.- De acuerdo con lo establecido en la cláusula décimo primera del referido Convenio, los salarios mínimos del sector percibirán además del porcentaje anteriormente enunciado un 3% adicional aplicable a los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2011, por lo tanto los salarios mínimos por categoría para el Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", con vigencia desde el 1º de enero de 2012, serán los siguientes:

 

Categoría 1: $ 37,90

Categoría 2: $ 38,59

Categoría 3: $ 39,29

Categoría 4: $ 39,81

Categoría 5: $ 41,16

Categoría 6: $ 42,34

Categoría 7: $ 44,25

Categoría 8: $ 46,59

Categoría 9: $ 48,22

Categoría 10: $ 52,57

Categoría 11: $ 56,69

Categoría 12: $ 58,04

Categoría 13: $ 68,23

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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