Ajustes Enero 2012

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 18 de Enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 02 "Productos químicos, sustancias químicas y sus productos", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi, Carolina Vianes Viviana Dell`Acqua y el Tec RRLL Raúl Marichal. Delegados Empresariales: Dr. Pablo Durán y Sr. Nicolás Herrera Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ): Bernardo González, Raúl Barreto Verónica Correia y Raúl Perez

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 29 de noviembre de 2010, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de Enero de 2012 para el sector individualizado.

SEGUNDO: AJUSTES SALARIAL ENERO 2012 PARA LOS SALARIOS MÍNIMOS POR CATEGORÍA:

Que en virtud de lo dispuesto por la cláusula quinta del referido acuerdo, se establece para los salarios minimos vigentes al 31 de Diciembre de 2011 un aumento salarial del 6,82 % resultante de la acumulación de los siguientes items:

A) Correctivo: Un porcentaje por concepto de correctivo que surgirá de la comparación entre la inflación estimada y la real correspondiente al semestre anterior a cada uno de los ajustes, equivalente al 1,18%.

B) Inflación Esperada: Un porcentaje por concepto de inflación estimada para el semestre siguiente a la fecha de cada uno de los ajustes, resultante de promediar la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay (BCU) para el período que abarque el ajuste, equivalente a 2,5%.

C) Incremento Real: Un porcentaje por concepto de incremento salarial real de: 3%

TERCERO: En aplicación de lo referido precedentemente, los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 02 "Productos químicos, sustancias químicas y sus productos" con vigencia desde el 1º de Enero de 2011, son los que surgen del Anexo que forma parte de la presente acta.

CUARTO: AJUSTE SALARIAL ENERO 2012 PARA SOBRELAUDOS:

Que en virtud de lo dispuesto por la cláusula quinta del referido acuerdo, se establece para los salarios generales superiores al laudo vigentes al 31 de Diciembre de 2011 un aumento salarial del 6,04 % resultante de la acumulación de los siguientes items:

A) Correctivo: Un porcentaje por concepto de correctivo que surgirá de la comparación entre la inflación estimada y la real correspondiente al semestre anterior a cada uno de los ajustes, equivalente a 1,18%.

B) Inflación Esperada: Un porcentaje por concepto de inflación estimada para el semestre siguiente a la fecha de cada uno de los ajustes, resultante de promediar la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay (BCU) para el período que abarque el ajuste, equivalente al 2,5%.

C) Incremento Real: Un porcentaje por concepto de incremento salarial real de: 2,25%

En el lugar y fecha indicados se firman cuatro ejemplares del mismo tenor.

 

CATEGORÍASMONTOajuste


01/01/12
LAUDO PERSONAL ADMINISTRATIVO:
6,82%
Auxiliar Tercero1453015521
Auxiliar Segundo1603217125
Auxiliar Primero1781119026
Cobrador2015321527
Oficial2130922762
Programador de Computación2130922762
Cajero2290024462
Secretario/a1900320299
Telefonista/Recepcionista1330214209
Cadetes – Mensajero1227913116
Aprendiz menor de edad943810082
Vendedor plaza con cobranza2519326911
Vendedor plaza sin cobranza2351425118
Viajantes con cobranza2754229420
Ayudante de técnico1945020776
Primer ayudante de Laboratorio1800919237
Segundo ayudante de Laboratorio1728318462
Tercer Ayudante de Laboratorio1391514864
Dibujante Proyectista1881420097
LAUDO PERSONAL OBRERO:

Operario/a común551589
Operario/a práctico y ayudante especializado574613
Operario especializado645689
Operario especializado en varios procesos723772
Foguista690737
Ayudante foguista606647
Operador de planta de Fca. de acetileno y oxido nitroso690737
Operador de equipo de hidrogenación690737
Operador de equipo de generación de hidrogeno690737
Ayudante de Operador de Gases del aire, gas carbónico, acetileno y ox. nitroso606647
Operador de Planta de gases del aire y gas carbónico722771
Oficial Jabonero722771
Medio oficial jabonero620662
Vigilante diurno562600
Portero598639
Sereno nocturno636679
Chofer a cargo de auto elevador o moto apilador con libreta de chofer profesional667712
Chofer667712
Chofer repartidor vendedor678724
Chofer de remolque o semiremolque690737
Oficial Albañil, Oficial Pintor, Oficial Carpintero763815
Medio Oficial Albañil, Medio oficial pintor; Medio Oficial carpintero648692
Engrasador648692
Oficial mecánico y/o cañistas763815
Medio Oficial mecánico y/o cañistas648692
Oficial herrero763815
Medio oficial herrero648692
Encargado de cuarto de herramientas648692
Oficial electricista803858
Medio oficial electricista690737
Oficial mecánico ajustador803858
Oficial tornero803858
Medio oficial tornero648692
Oficial soldador, autógena y eléctrica, estaño y plomo803858
Medio Oficial soldador, autógena y eléctrica, estaño y plomo648692
Oficial Instrumentista - Electrónico9461011
Electromecánico9461011
Encargado (suplemento)6671

 

 

 

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