Ajustes Enero 2012

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 23 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salario del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento" comparecen: POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siquiera y María Noel Llugain y el Lic. Bolívar Moreira. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. Juan Llopart y José Fazio. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: La Sra. Crisitina Fernandez y el Sr. Gustavo González.

ACUERDAN QUE:

PRIMERO. Se procede a fijar el procentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1ero de enero de 2012 en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el 7 de abril de 2011 del Grupo Nº 13, Subgrupo Nº 12 Capítulo "Pilotos de Aviación Ligera o pequeño porte".

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera, numeral Il del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012 es del 10.77 %, resultante de la acumulación de los siguientes ítems:

a) 2.45 % por concepto de correctivo del porcentaje otorgado por inflación esperada de acuerdo con la inflación efectivamente registrada en el período de los 12 meses anteriores.

b) 6 % por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.12– 31.12.12, resultante del rango meta del B.C.U.

c) 2 % por concepto de crecimiento.

TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2012 por categoría.

CATEGORÍAS

Salario mensual nominal

1º de enero de 2012

Administrativo

$ 7.329

Auxiliar de cabina

$ 10.614

Encargado de operaciones de vuelo

$ 10.614

Copiloto de aeronave monomotor / monoturbo

$ 17.285

Piloto de aeronave monomotor / monoturbo

$ 29.277

Copiloto de aeronave bimotor / biturbo

$ 32.911

Piloto de aeronave bimotor / biturbo

$ 49.470

Copiloto de Jet

$ 30.473

Piloto de Jet

$ 55.727

CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en seis ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicado.

 

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