Ajustes Enero 2013

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 18 de febrero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1: "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", "Capítulo Residual ",integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL. Valeria Charlone y Dra. Lujan Charruti;Delegados Empresariales: Dres. Raul Damonte, Roberto Falchetti y  Cons. Ruben Casavalle; y Delegados de los Trabajadores: Sres. Hebert Figuerola y Federico Barrios y Luis Ferraz.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Por haberse omitido firmar en su oportunidad el acta de ajuste correspondiente, y en aplicacion de lo dispuesto por el  el convenio colectivo suscripto el 29 de junio de 2011, se procede a la firma de la misma, correspondiente al tercer ajuste salarial a regir desde el 1 de julio de 2012..--

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula anterior y en la Quinta del mencionado convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012, es del 10.16 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a) Por concepto de inflación esperada el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda ) del BCU para el período 01/07/2012 – 30/06/2013: 5%,

b) Por concepto de incremento real de base: 2 %, y

c) Por concepto de correctivo, la diferencia en mas o en menos entre la inflación esperada y la variación real del año anterior: 2,86 %.

Fórmula de ajuste de salarios: 1.05 x 1.02 x 1.0286 = 1.1016 = 10.16%.

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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