Ajustes Enero 2013

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS:En la ciudad de Montevideo, el día 29 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 22 "Ganadería, Agricultura y Actividades Conexas", Sub Grupo "Plantaciones de Arroz" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: el Lic. Bolivar Moreira, y las Lics. Marcela Barrios y Andrea Badolati; Delegados representantes de los Trabajadores: los Sres. Marcelo Amaya y Cristian Rodriguez; Delegados representantes de los Empresarios: el Ing. Agrónomo Rómulo Gamarra y el Sr. Juan Eduardo Muñoz.

ACUERDAN QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2013 en aplicación de lo dispuesto en el Acta del Consejo de Salarios de fecha 7 de abril de 2011 del Consejo de Salarios del Grupo 22, Sub Grupo "Plantaciones de Arroz".

SEGUNDO.Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera, literal III, del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2013 es del 5,9%, sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2012, resultante de la acumulación de los siguientes ítems:

A) 2,5 % por concepto inflación esperada para el período 01.01.2013 al 30.06.2013 resultante del centro de la banda del BCU.

B) 1 % por concepto de crecimiento.

C) 2,3% por concepto de correctivo resultante de la comparación entre la inflación proyectada, para el período 01.01.12 – 31.12.12. y la inflación efectivamente registrada en el mismo período.

 

TERCERO. Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría a partir del 1º de enero de 2013:

Peón Común

316,67

Peón Semiespecializado

332,03

Operario especializado

346,14

perario altamente especializado

381,28

Capataz simple y capataz de cuadrilla

433,28

Capataz General

475,97

QUINTO: Ficto por vivienda y alimentación. Los trabajadores que no reciban alimentación (secos) y vivienda, percibirán además de las remuneraciones establecidas en este acuerdo la suma nominal de $ 1981,53 mensuales, o su equivalente diario de $ 79,26.

SEXTO:Leída que fue la presente, en señal de conformidad se firman seis ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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