Ajustes Enero 2013

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío",integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Lic. Marcela Barrios y Tec. RR.LL. Valeria Charlone;Delegados Empresariales: Sr. Gustavo Gazzano y Dr. Raul Damonte; y Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores del Frío, los Sres.  William Moreno y Daniel Comini,  HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo  ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo  suscrito el día 6 de diciembre de 2012.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral QUINTO del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2013, es del 4,24%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

A) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( Centro de la Banda ) del BCU para el período 01/01/2013-30/6/2013: 2,5 %;

B) Por concepto de crecimiento del sector: 1%;

C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/07/2012- 31/12/2012 y la variación real del IPC del mismo período: 0,69%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x  1,01 x 1,0069= 1,424 ( 4,24%).

El ajuste a ser aplicado es del4,24 %.

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío",con vigencia desde el 1º de enero de 2013, serán los siguientes:

 

Sector administrativo

Mensual

$

Jornal

$

Grado 1: Mensajero, Cadete (mayor de 18 años)

8.114

324,57

Grado 3: Auxiliar de tercera

10.978

439,11

Grado 5: Auxiliar de segunda

13.744

549,75

Grado 7: Auxiliar de primera

16.547

661,90

 

Sector obrero

Mensual

$

Jornal

$

Grado 2: Peón común, Sereno

10.145

405,79

Grado 3: Peón calificado, Portero Administrativo

10.978

439,11

Grado 4: Chofer-Repartidor, Estibador, Chofer, Ayudante de maquinista

12.418

496,70

Grado 5: Medio oficial, Recibidor-Expedidor de Mercadería, Chofer autoelevador especializado

13.744

549,75

Grado 6: Oficial, Maquinista de segunda, Foguista

15.145

605,80

Grado 7: Oficial electricista calificado, Maquinista de primera

16.547

661,90

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

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