Ajustes Enero 2013
ACTA.En la ciudad de Montevideo el día 15 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14 : " Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones" Sub Grupo 05 "Cooperativas de Ahorro y Crédito", Capítulo "Cooperativas de Operativa Restringida" integrado por el Delegado de PODER EJECUTIVO: Dr. Nelson Díaz, Dra. Viviana Dell'Acqua DELEGADOS EMPRESARIALES: Dr. Eduardo Ameglio y Dr. Leonardo Slinger, quienes actúan en calidad de delegados y en nombre y representación de las empresas que componen el sector; DELEGADOS DE LOS TRABAJADORES: Sres. Elbio Monegal y Pedro Stefano.-
HACEN CONSTAR QUE
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto el día treinta de diciembre de dos mil diez
SEGUNDO:Que en virtud de lo establecido en la clausula quinta del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2013 para todos los trabajadores del subgrupo y capitulo sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2012, es 7,87 % resultante de la siguiente formula
a)2.5 % por concepto de inflación esperada entre el 1º de enero de 2013 y 30 de junio de 2013.
b)2,87 % por concepto de crecimiento.
c)2,30 % por concepto de correctivo
1.025 * 1.0287*1,23 = 1.0787
TERCERO. En virtud de lo expuesto los salarios a partir del 1º de enero de 2013 será % 7,87 siendo el salario mínimo correspondiente a la categoría de auxiliar de servicio $ 29.293. Se deja constancia que en el sector existe la categoría Auxiliar de Ingreso, cuyo salario equivale al 70% del salario de la categoría Auxiliar; por lo que el mínimo de esta categoría asciende a $ 20.505.
CUARTO. Se fijan 4 ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha de su otorgamiento.