Ajustes julio 2007

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 6 de agosto de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", sub-grupo 12 "Transporte Aereo", Capítulo "Pilotos de Linea Aérea", integrado por: POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Ma. Noel Llugain y Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira. POR EL SECTOR TRABAJADOR: El Cte. Esteban de Soto y Cte. Pedro Gonzalez. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: La Sra. Valeria Fratocchi y la Dra. Cecilia De Marco.
ACUERDAN:
PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 8 de  noviembre de 2006.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta, literal IlI, del referido Convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007 es del 4,917 %.
TERCERO. Por consiguiente los salarios mínimos por categoría que rigen a partir del 1º de julio de 2007 son los siguientes:

Categorías

Salario mensual nominal a partir del 1 de julio de 2007

Comandante aeronave intercontinental jet

72675

Primer Oficial aeronave intercontinental jet

54506,47

 

Comandante aeronave regional jet

61774

Primer Oficial aeronave regional jet

46332,39

Comandante aeronave regional turbo hélice

58140,80

Primer Oficial aeronave regional turbo hélice

43605,60

 

CUARTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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