Ajustes julio 2007
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 31 de julio de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", sub-grupo 12 "Transporte Aereo de personas y de carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares de aeropuerto", Capítulo "Servicios de Rampas", integrado por: POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Ma. Noel Llugain y Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. Luis Vizcaíno y Mauricio Brianthe. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: El Sr. Héctor Pérez y la Dra. Verónica Pott.
ACUERDAN:
PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 8 de noviembre de 2006.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera, numeral 5, del referido Convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007 es del 5,33 %.
TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de julio de 2007 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.
CUARTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
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