Ajustes julio 2007

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de julio de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerias", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Andrea Bottini, Valentina Egorov y Natalia Denegri y Cr. Claudio Schelotto; Delegados Empresariales: Cra. Estela Manggiarotti, Sr. Walter Piccozzi y Dr. Raúl Damonte; Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB) los Sres. Ernest Zelko, Milton Burgos y Richard Read,
HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO:
Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo  suscrito el día 31 de agosto de 2006, homologado por decreto del Poder Ejecutivo 427/06 de fecha 06 de noviembre de 2006.

SEGUNDO:
Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007, es del 6,76 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas del B.C.U. entre Instituciones y analistas económicos y publicadas en la página web de la institución, correspondiente al mes de junio de 2007 para el periodo del 01/07/07 al 31/12/07:  2,86 %;
B) Por concepto de recuperación: 1,25%;
C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/01/07-30/06/07 y la variación real del IPC del mismo período: 2,51 % .
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0286 x 1,0125 x 1,0251 = 1,0676 (6,76%).

TERCERO:
Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerias", con vigencia desde el 1º de julio de 2007, serán los siguientes:

CategoríasPor jornal $
Limpiador/Operario común287,82
Operario práctico306,04
Operario calificado343,69
Apront. Pedidos/Ayud. Elaborac./Ayud.Repartos355,83
Maq. máq. semi automáticas369,2
Engrasador automotores381,34
Maq. máq. automáticas /albañil/ Chofer autoelevador394,7
Repartidor404,42
Op. Elab. Bodega B/Electricista/Op. Mantenimiento B420,2
Foguista y otras/Op. eleçaboración licores/mantenimiento A433,56
Oper. de bodega444,48
Chofer repartidor456,63
Oficial mecánico industrial467,57
 Por mes $
Telefonista-recepcionista7,176
Telefonista-auxiliar administrativa7,653
Auxiliar administrativo c/facturador8,264
Chofer gerencia/auxiliar de exped., taller, etc.8,888
Sereno/secretario de ventas/cargador-facturador9,361
Vendedores A y B4,334
Auxiliar administrativo B9,848
Enc. secc. personal/Aud. laboratorio10,380
Auxiliar A/Enc. almacen/Enc. gestiones/Cajero auxiliar10,938
Ayudante tenedor de libros11,661
Enc. de compras/enc. de cred. y cobranzas/Secret. bilingüe12,161
Insp. de ventas/cajero/secretario de gerencia12,781
Tenedor de libros B13,376
Tenedor de libros A13,737
Ayudante de contador14.496


Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

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