Ajustes julio 2007
ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el 2 de agosto de 2007, reunido el CONSEJO
DE SALARIOS DEL GRUPO NO. 16 SERVICIOS DE ENSENANZA",
SUBGRUPO 05 "ENSEÑANZA DE IDIOMASn, integrado por: DELEGADOS
DEL PODER EJECUTIVO: Esc. Liliana De Marco y Dra. Amalia de la Riva,
DELEGADOS DE LOS TRABAJADORES: Miguel Venturiello y Zelmar
Ortiz,asistidos por la Dra. Mariselda Cancela, y DELEGADOS DE LOS
EMPLEADORES: Dra. Cecilia Morena, Sr. Bruno Bartkevicius, Dr. Eduardo
"Pittarniglio, Dr. Alejandro Sciarra, Cr. José Luis Zales y Cr. Ernesto Sisto; quienes
'MANIFIESTAN QUE:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 50. del Dec. 543/06 de
8 de diciembre de 2006, se procede a fijar el incremento salarial a partir del 1 o. de
julio de 2007, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2007, en un 4,40% (cuatro
con cuarenta por ciento).
Dicho incremento surge de la acumulación de los siguientes ítems:
a) 2,86% (dos con ochenta y seis por ciento), por concepto de inflación esperada para
el período 1 o. de julio de 2007 - 3 1 de diciembre de 2007, según proyección
efectuada por el Banco Central del Uruguay; y
b) 1 ,S% (uno con cinco por ciento), por concepto de recuperación.
SEGUNDO: En consecuencia, los salarios mínimos nominales mensuales por
categoría, son, a partir del 1 o. de julio de 2007, los que se detallan a continuación:
NIVEL 5: SERVICIOS: $3.703
NIVEL 4: AUXILIAR ADMINISTRATIVO: $5.183.
NIVEL 3: OFICIAL ADMINISTRATIVO: $7.405.
NIVEL 2: COORDINADOR O JEFE: $10.367.
PERSONAL DOCENTE: $252,65 LA HORA SEMANAL MENSUAL
Leida la presente, las partes la otorgan y suscriben, en el lugar y fecha arriba
DE SALARIOS DEL GRUPO NO. 16 SERVICIOS DE ENSENANZA",
SUBGRUPO 05 "ENSEÑANZA DE IDIOMASn, integrado por: DELEGADOS
DEL PODER EJECUTIVO: Esc. Liliana De Marco y Dra. Amalia de la Riva,
DELEGADOS DE LOS TRABAJADORES: Miguel Venturiello y Zelmar
Ortiz,asistidos por la Dra. Mariselda Cancela, y DELEGADOS DE LOS
EMPLEADORES: Dra. Cecilia Morena, Sr. Bruno Bartkevicius, Dr. Eduardo
"Pittarniglio, Dr. Alejandro Sciarra, Cr. José Luis Zales y Cr. Ernesto Sisto; quienes
'MANIFIESTAN QUE:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 50. del Dec. 543/06 de
8 de diciembre de 2006, se procede a fijar el incremento salarial a partir del 1 o. de
julio de 2007, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2007, en un 4,40% (cuatro
con cuarenta por ciento).
Dicho incremento surge de la acumulación de los siguientes ítems:
a) 2,86% (dos con ochenta y seis por ciento), por concepto de inflación esperada para
el período 1 o. de julio de 2007 - 3 1 de diciembre de 2007, según proyección
efectuada por el Banco Central del Uruguay; y
b) 1 ,S% (uno con cinco por ciento), por concepto de recuperación.
SEGUNDO: En consecuencia, los salarios mínimos nominales mensuales por
categoría, son, a partir del 1 o. de julio de 2007, los que se detallan a continuación:
NIVEL 5: SERVICIOS: $3.703
NIVEL 4: AUXILIAR ADMINISTRATIVO: $5.183.
NIVEL 3: OFICIAL ADMINISTRATIVO: $7.405.
NIVEL 2: COORDINADOR O JEFE: $10.367.
PERSONAL DOCENTE: $252,65 LA HORA SEMANAL MENSUAL
Leida la presente, las partes la otorgan y suscriben, en el lugar y fecha arriba