Ajustes julio 2008

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día  21  de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 08: "Aceiteras de origen animal o vegetal para uso humano o industrial", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Valentina Egorov  y Cr. Claudio Schelotto; el Delegado Empresarial: Sr. Leonardo Botto; y los Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores de Aceiteros los Sres. Cesar Gutierrez, Julio Mora y Fernando Delfino HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2008 , en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto el día 20 de diciembre de 2007.-  SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008, es del  7.02%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:A) Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas del B.C.U. entre instituciones y analistas económicos y publicadas en la página web de la institución, correspondiente al mes de diciembre del 2007 para el periodo del 01/01/08 al 30/06/08: 3.24 %;

  1.  Por concepto de recuperación: 2 %;

    C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/07/06-31/12/07 y la variación real del IPC del mismo período: 1.63%. Fórmula de ajuste de salarios: 1.0324 x 1.02 x 1.0163 = 1.0702 (7.02%)TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 08: "Aceiteras de origen animal o vegetal para uso humano o industrial", con vigencia desde el 1º de enero de 2008, serán los siguientes:

 

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Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.  -

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