Ajustes julio 2009
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 6 de julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 17 "Estudios Contables profesionales y no profesionales", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Lorena Acevedo, Alejandro Machado y Marianela Boliolo; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Sergio Bustamante en representación de FUECI.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 31 de octubre del año 2008, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 22 de diciembre de 2008.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009 para los salarios mínimos, así como para quienes estén hasta 20% por encima de los mismos, será del 6%, en tanto que los trabajadores que perciban un salario superior al 20% del mínimo de su categoría incrementarán 2%.
A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2009:
NIVEL 1 ...............................................................................................$ 6,173
NIVEL 2 ...............................................................................................$ 6.847
NIVEL 3................................................................................................$ 7.521
NIVEL 4................................................................................................$ 8.081
NIVEL 5................................................................................................$ 8.419
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.